Efectivamente Manu, y como te decía, "Lo importante de este Régimen (ahora, Sistema Especial) no es lo que se hace, sino para quien lo hace." Te pongo un ejemplo más y terminamos:
Imagina una explotación agropecuaria (te describo una realidad pasada, en una finca diplomada en su día por el Ministerio de Agricultura como "modelo ejemplar" de las dos que existían en un tiempo en toda España) que contaba con bastante extensión de tierra y de ganado. En esta finca había de todo: fábrica de aceite, fábrica de pimentón, fábrica de queso, salas de pasteurización de leches, deshidratador de alfalfa, cincuenta vehículos (tractores, camiones, todoterrenos, etc.), talleres, administración, etc., todo propio y podría seguir describiéndote. Lógicamente y en cuanto al personal, había de casi todas la titulaciones: veterinarios, ingenieros, peritos, conductores, podadores, tractoristas, ganaderos, guardas, almacenistas, etc.,etc. Solo eran externos, el servicio médico, cada dos días, y el cura, los sábados y domingos.
Pues bien, cada uno(a) de las personas contratadas tenian su cometido laboral propio en la labor que ejercían dentro la empresa, pero todos tenían un nexo en común: prestar servicios en una empresa agropecuaria donde los frutos que se obtenian para su venta, todos eran de producción propia. Si alguno de los productos que se elaboraban en la explotación (aceituna) se hubiesen obtenido adicionándolos mediante compra con otros de producción ajena, o el personal de la explotación hubiesen realizado trabajos para terceros, el personal vinculado en estos supuestos ya no podrían estar en el REA. Tendrían que haberse dado de alta en el RG.
Esto último es lo que sucede últimamente con ciertas empresas que se dedican a la prestación de servicios (recogida de aceituna, poda de árboles con motosierras, etc.), que aunque llevan personal propiamente agrícola y realizan esta labor de agricultura, no pueden estar inscritos en este Sistema Especial y sí deben hacerlo en el Régimen General. ¿Que prácticas hacen? Hace unos años, hacian y hacen el contrato con el propietario de la explotación, llevan su propia cuadrilla, le pedian el libro de matrícula y cotizaban con el número de cuenta del propietario de la tierra. Evidentemente esto supone una prestación de servicios, con una mano de obra ilegal, que no deben estar inscritos en el REA y que persigue la Inspección de Trabajo.
Saludos.