conflicto neuronal

Buenos días, aquí estoy pidiendo vuestra opinión profesional, porque no sé a quien hacer caso...
Os cuento mi conflicto conmigo misma:
hemos tenido un chico en prácticas no laborales y no remuneradas para la obtención de un certificado de profesionalidad Nivel 2 entre LANBIDE (viene a ser nuestro SEPE en el Pais Vasco) y centro de FP. La seguridad social de estas prácticas corría a cargo del centro de FP.
Ahora a éste mismo chico, le vamos una PNL remuneradas mediante una beca que pagamos nosotros mediante acuerdo con LANBIDE.
El centro de FP me pasa un borrador del acuerdo que vamos a firmar con el mencionado lanbide y pone "acuerdo para la realizacion de practicas no laborales becadas suscrito entre lanbide y la empresa en el marco del RD 1493/2011 para personas participantes en programas de formación autorizadas por lanbide ".
la cuestión es: el centro de FP me dice que tengo que indicar RLCE 9939 y TRL 986
y a Cassia, le hice la consulta hace unos días y me contestaron RLCE 9923 y TRL 986 (Les mandé el borrador del acuerdo que todavia estaba en blanco sin rellenar los datos, no sé si lo miraron mucho o hicieron mucho caso).
¿A quien le hago caso ....? lo he comentado con el centro de FP, y me dicen que el 9923 está obsoleto y que ellos tramitan estas prácticas bastantes al mes y que lo tienen como muy mirado.
Yo lo que tengo entendido es que las 9923 es para la obtención del título o certificado.
¿Qué haríais??, perdón por el tostón
.
 
Perdon quería decir que la 9939 es para la obtención del título o certificada (es que he antes he puesto como que las 9923 eran para la obtención del titulo o certificado)
ya estoy haciendo chirivitas ...
 

fundación

Miembro conocido
¿Pero el 9923 no se quitó?

Tal y como se comunicó en el BNR 09/2023, de 5 de julio de 2023, desde el 01.01.2024, la identificación de los alumnos que realicen prácticas formativas o académicas externas remuneradas se realiza con el valor 9939 del campo RLCE.

Se están rechazando todos los movimientos de alta con valores RLCE 9922, 9923, 9927 o 9928 y FRA desde 01.01.2024 por el error FECHA REAL ALTA NO ADMITIDA PARA TIPO RLCE.

En el caso de que dichos movimientos correspondan a alumnos que inician sus prácticas a partir del 01.01.2024, podrán corregirse a través del Sistema RED, únicamente en la modalidad online, mediante la funcionalidad Modificación/Eliminación de movimientos previos, cambiando el valor de RLCE anotado inicialmente por el valor 9939. Una vez corregido el movimiento, el alta previa se consolidará en la noche siguiente.
 
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