conprobacion despido objetivo (economico) y libros contabilidad

Nikki_sp

Miembro conocido
empresa que realiza despido objetivo

el trabajador en la demanda pide los libros de contabilidad, ya que es una empresa que presenta impuesto de sociedades consolidado. El juez desestima eso y no cabe recurso alguno.

¿como se comprueba entonces las causas economicad?

Gracias
 

elchuske

Miembro conocido
De pura lógica a mi entender, Quien va a mirar los libros??? el juez de lo laboral???  me temo que no esta capacitado. Un perito?? quien lo paga?? . A veces van diciendo que hay dinero negro y el juez lo desestima. Porque??? porque eso no es terreno laboral. Es terreno civil o penal. Que plantee una demanda por falsedad en libros pero en otro ámbito. O falsedad en las cuentas que ademas están en el registro mercantil y son publicas. O por blanqueo de dinero si hay dinero B.
 

Mr. White

Miembro activo
Art.77.1, 2 y 3 LRJS

Tiene derecho a acudir a la sede de la empresa con un experto y examinarlos, o a las malas que te den copia de los mismos...pero no a que la empresa los lleve a juicio...

Y es recurrible en reposición, art.186 LRJS.

 

elchuske

Miembro conocido
Sr MR que el juzgado ya lo ha desestimado. Nada que hacer. Ademas la empresa alegara el secreto de su contabilidad y que solo sus socios podrán ver sus libros. Y eso con reservas. Así que le tocara obligar a la empresa a que enseñe sus libros por via judicial. El experto lo paga el trabajador que lo ha solicitado. Y como sea una contabilidad larga, y lo es, porque es una empresa que consolida balances se puede tirar años. Perooo    ademas,  al estar en régimen consolidado no solo hay que mirar sus cuentas, también las del grupo para detectar irregularidades.
Y los juzgados de lo laboral no están para estas cosas. Lo dicho, si entiende que hay fraude contable ya sabe a la fiscalia. Y si lo gana con sentencia, que vuelva a lo laboral.
Nada de art. 77 que las buenas intenciones se agradecen pero que sean realizables.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
pediremos las cuentas anuales y a ver que dicen, el.problema.es que el juicio es en noviembre 2018 y las cuentas en caso de estar depositadas serian a 31/12/2017
 

Mr. White

Miembro activo
elchuske dijo:
Sr MR que el juzgado ya lo ha desestimado. Nada que hacer. Ademas la empresa alegara el secreto de su contabilidad y que solo sus socios podrán ver sus libros. Y eso con reservas. Así que le tocara obligar a la empresa a que enseñe sus libros por via judicial. El experto lo paga el trabajador que lo ha solicitado. Y como sea una contabilidad larga, y lo es, porque es una empresa que consolida balances se puede tirar años. Perooo    ademas,  al estar en régimen consolidado no solo hay que mirar sus cuentas, también las del grupo para detectar irregularidades.
Y los juzgados de lo laboral no están para estas cosas. Lo dicho, si entiende que hay fraude contable ya sabe a la fiscalia. Y si lo gana con sentencia, que vuelva a lo laboral.
Nada de art. 77 que las buenas intenciones se agradecen pero que sean realizables.

Lo dicho, es recurrible en reposición y la ley contempla lo que contempla...

Lo demás es blablabá que no va a ningún sitio ni se recoge en ninguna ley, solo en tu post...
 

Ignatius

Miembro activo
Eso es.

Solicita tú mismo copia completa de las Cuentas Anuales en el Reg Mercantil.
Como te indican son públicas.
Te entregan: Memoria y Balances.
Por unos 40 € aprox
 

Nikki_sp

Miembro conocido
queria decir que las pedire por la.pagina de rgistradores.org.

lo que pasa que eso es a 31/12/2017
 

elchuske

Miembro conocido
Las del 2017 con suerte porque lo mismo todavía ni las han registrado. Pero te adelanto que poco puedes sacar por las cuentas excepto que tenga beneficios o perdidas. Luego un experto podría ver algo, pero por la experiencia no.
Luego hay que elegir o un post de lo real blablabla o un post de la entelequia. Eso si con la ley en la mano que alguien se la pasara por la curva de la entrepierna. 
 

Sandrita

Nuevo miembro
Nikki_sp dijo:
empresa que realiza despido objetivo

el trabajador en la demanda pide los libros de contabilidad, ya que es una empresa que presenta impuesto de sociedades consolidado. El juez desestima eso y no cabe recurso alguno.

¿como se comprueba entonces las causas economicad?

Gracias

Hay que ver lo que pediste para saber si la denegación está fundada...no puedes pedir “entrega” de libros contables (o de copia), como mucho entiendo que en tu caso tendrías que pedir exhibición parcial de x libro o documento contables señalando los puntos concretos que deben estar relacionados con el interés que alegas (a examinar en sede empresa, en presencia de quien designe la empresa, aunque puede ser llevar contigo o designar a un experto contable) pues al no ser ERE no cabe comunicación o reconocimiento general. Igual la denegación trae causa en que lo que pídes no se contempla (no cabe pedir “Copia” de libros contables). Tú sabras lo que pediste y el fundamento  denegación y como dice Mr. White si se puede recurrir la denegación.

Si pediste cuentas anuales del ejercicio anterior o de los que sean es normal que te lo denieguen, pedir algo que puedes obtener tú y cualquiera...pues eso al RM.
 

Sandrita

Nuevo miembro
Nikki_sp dijo:
queria decir que las pedire por la.pagina de rgistradores.org.

lo que pasa que eso es a 31/12/2017

Espérate unos días, al menos hasta 31 julio...pues si fueron aprobada en primera convocatoria (con informe auditor favorable) aunque apuran los plazos al máximo y fueran aprobadas en JG el 30 junio el plazo legal para depósito en RM finaliza 30 julio (1 mes).
A todo esto, dando por sentado que el cierre ejercicio fue a 31/12/2017 porque es lo que indicas y salvo que incumplan plazos legales o que no fueron aprobadas en primera convocatoria.

No sé en qué fecha fue el despido ni la fecha exacta de formulación de cuentas para someterlas a aprobación, pero los hechos contables posteriores a cierre ejercicio hasta fecha formulación tienes que reflejarse obligatoriamente en la memoria, igual tienes datos de los 3 primeros meses 2018.

Por cierto, creo sin ser expert@ contable la memoria (a diferencia de las demás cuentas) puede ser asumible de entender, al menos la parte de la información de la misma que interesa salvo que hablemos de un grupo internacional o de gran dimensión que se vaya de las manos la cosa y para el juez si le expones los puntos concretos de la misma que te interesen si son a tu favor también creo que es asumible (si no tendrá que pedir ayuda pues tendrá que fundamentar).
En cualquier caso si es mucho lo que se juega el trabajador y tienes cierta certeza de que no existen causas y las cuentas pueden ayudarte siempre cabe pedir ayuda contable, que decida el trabajador si quiere pagar ese coste.
 

Mr. White

Miembro activo
elchuske dijo:
Luego hay que elegir o un post de lo real blablabla o un post de la entelequia. Eso si con la ley en la mano que alguien se la pasara por la curva de la entrepierna.

Muy bueno, se te da mejor el humor que el laboral...
 
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