consejo

NOEMI

Miembro conocido
hola holita!!
necesito vuestro sabio consejo:
tengo un cliente que me trae una resolución de residencia para investigación, quiere dar de alta al trabajador.
Aqui cuando son temas un poco "mas complicados" que un simple permiso de trabajo colaboramos(pagando claro esta) con un abogado externo.
El caso esque el cliente se empeña que le demos de alta, yo no lo tengo claro y no quiere pagar al abogado.

Se de un caso donde por unas altas a unos trabajadores extranjeros inspección ha denunciado al autorizado red y a la empresa, parece encima que yo no tengo ni idea y no quiero dar de alta al trabajador, pero no veo nada claro el tema... ¿que haríais?

ayyyyy como dice siempre Toni que ganas tengo de jubilarme!!!
 

Caslaboral

Miembro conocido
Yo si no veo claro que el permiso esta vigente y en orden no hago el alta. Me da absolutamente igual lo que quiera el cliente y no me sirve nada por escrito.

Por tanto si no tiene permiso especifico para trabajar yo no haria nada...
 

Caslaboral

Miembro conocido
Noemi, no soy experto en extranjería pero creo que ese tipo de permisos no habilita a trabajar en cualquier lado. Artículo 72 de la ley 14/2013, que creo que es donde se regula, yo no recuerdo que diga nada relacionado con conceder autorización a trabajar. Aunque puede que se me escape algo...
Y supongo que no entrara en las excepciones del art 41 de la ley de extranjería

Yo alguna vez he llamado para que me ayuden, pero claro , validez legal 0, te tienes que fiar.
 

Niema

Miembro activo
hola holita!!
necesito vuestro sabio consejo:
tengo un cliente que me trae una resolución de residencia para investigación, quiere dar de alta al trabajador.
Aqui cuando son temas un poco "mas complicados" que un simple permiso de trabajo colaboramos(pagando claro esta) con un abogado externo.
El caso esque el cliente se empeña que le demos de alta, yo no lo tengo claro y no quiere pagar al abogado.

Se de un caso donde por unas altas a unos trabajadores extranjeros inspección ha denunciado al autorizado red y a la empresa, parece encima que yo no tengo ni idea y no quiero dar de alta al trabajador, pero no veo nada claro el tema... ¿que haríais?

ayyyyy como dice siempre Toni que ganas tengo de jubilarme!!!
que ha denunciado al autorizado¿
para que se lo quiten? o para qué?
y se lo han quitado¿?
 

Santiago

Miembro conocido
Si no lo tienes claro, no comuniques el alta, porque después ya sabemos lo que pasa
Dile al cliente que a veces es mejor pagar X euros al abogado que darlo de alta, que no sea legal y que después llegue una multa de XXXX euros
Dile que no vale arriesgarse a XXXX euros por no pagar X euros
 

toni

Miembro conocido
hola holita!!
necesito vuestro sabio consejo:
tengo un cliente que me trae una resolución de residencia para investigación, quiere dar de alta al trabajador.
Aqui cuando son temas un poco "mas complicados" que un simple permiso de trabajo colaboramos(pagando claro esta) con un abogado externo.
El caso esque el cliente se empeña que le demos de alta, yo no lo tengo claro y no quiere pagar al abogado.

Se de un caso donde por unas altas a unos trabajadores extranjeros inspección ha denunciado al autorizado red y a la empresa, parece encima que yo no tengo ni idea y no quiero dar de alta al trabajador, pero no veo nada claro el tema... ¿que haríais?

ayyyyy como dice siempre Toni que ganas tengo de jubilarme!!!
No hagas nada como te dicen, que por ahorrarse unas perras te la pueden liar..
 

fundación

Miembro conocido
Entiendo que podría tratarse de esto, y que dicha autorización se ciñe solo a la labor investigadora para la que fue concedida, salvo mejor opinion:


El organismo de investigación deberá haber firmado con el investigador un convenio de acogida, el cual incorporará el contrato de trabajo firmado por el organismo y el investigador extranjero, con fecha de inicio de vigencia condicionada a la concesión de la autorización

La autorización se limitará al ejercicio de la actividad investigadora para la que fue concedida.
 
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