Buenas tardes,
tengo una empresa que su sede está en Alemania, y aquí tiene dos trabajadores únicamente. Estos trabajadores se encargan de las gestiones del día, y por tanto a veces asumen unos gastos como puede ser el envío de un correo ordinario, que posteriormente les devolverá la empresa.
La empresa se lo devuelve mediante transferencia bancaria y se incluirá en la nómina, mi duda es, ¿este concepto debe tributar y cotizar? No he encontrado en la norma nada al respecto, por tanto y aunque mi lógica diga lo contrario, entiendo que sí.
Gracias.
tengo una empresa que su sede está en Alemania, y aquí tiene dos trabajadores únicamente. Estos trabajadores se encargan de las gestiones del día, y por tanto a veces asumen unos gastos como puede ser el envío de un correo ordinario, que posteriormente les devolverá la empresa.
La empresa se lo devuelve mediante transferencia bancaria y se incluirá en la nómina, mi duda es, ¿este concepto debe tributar y cotizar? No he encontrado en la norma nada al respecto, por tanto y aunque mi lógica diga lo contrario, entiendo que sí.
Gracias.