Hola.
hace ahora 4 años terminé segundo en la convocatoria a una plaza de Responsable de mantenimiento en un Organismo Público. Por ello, entré en Bolsa de trabajo como nº 1 y gracias a ello, fui contratado semanas después para cubrir una jubikación parcial hasta octubre de 2022. El puesto tenía asignado un perfil salarial Grupo 2 Banda 1 Nivel 3.
Hace unos meses se sacó a concurso la plaza que estaba cubriendo temporalmente, y conseguí acabar primero, de modo que ahora estoy fijo. Se da la circunstancia de que la plaza tiene asignado un perfil salarial notablemente menor (Grupo 2 Banda 1 Nivel 8).
Se da la paradoja de que ahora cobro menos que antes debido a que la plaza tiene un nivel mucho menor (de 3 a 8), haciendo exactamente las mismas funciones. Destacar que el Nivel 8 es el menor de los posibles y que el Grupo Banda viene impuesto por categoría y titulación en el Convenio (Responsable y licenciatura), mientras que los niveles 1 a 8 son discrección del centro de trabajo en las convocatorias y durante la carrera profesional.
Mi duda no es tanto si es «legal» que esta nueva convocatoria reduzca el nivel de retribución de 3 a 8 (entiendo que lo será), sino si yo, por haber trabajado 3 años y medio con un nivel salarial 3, tendría derecho a reclamar que se consolidase ese nivel 3 retributivo, aplicando por analogia lo que ocurre con los funcionarios de carrera con las consolidaciones de grado, y teniendo en cuenta que mis funciones son literalmente continuación (incluso mayores) de las que tuve con mi contrato temporal.
Muchisimas gracias.
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hace ahora 4 años terminé segundo en la convocatoria a una plaza de Responsable de mantenimiento en un Organismo Público. Por ello, entré en Bolsa de trabajo como nº 1 y gracias a ello, fui contratado semanas después para cubrir una jubikación parcial hasta octubre de 2022. El puesto tenía asignado un perfil salarial Grupo 2 Banda 1 Nivel 3.
Hace unos meses se sacó a concurso la plaza que estaba cubriendo temporalmente, y conseguí acabar primero, de modo que ahora estoy fijo. Se da la circunstancia de que la plaza tiene asignado un perfil salarial notablemente menor (Grupo 2 Banda 1 Nivel 8).
Se da la paradoja de que ahora cobro menos que antes debido a que la plaza tiene un nivel mucho menor (de 3 a 8), haciendo exactamente las mismas funciones. Destacar que el Nivel 8 es el menor de los posibles y que el Grupo Banda viene impuesto por categoría y titulación en el Convenio (Responsable y licenciatura), mientras que los niveles 1 a 8 son discrección del centro de trabajo en las convocatorias y durante la carrera profesional.
Mi duda no es tanto si es «legal» que esta nueva convocatoria reduzca el nivel de retribución de 3 a 8 (entiendo que lo será), sino si yo, por haber trabajado 3 años y medio con un nivel salarial 3, tendría derecho a reclamar que se consolidase ese nivel 3 retributivo, aplicando por analogia lo que ocurre con los funcionarios de carrera con las consolidaciones de grado, y teniendo en cuenta que mis funciones son literalmente continuación (incluso mayores) de las que tuve con mi contrato temporal.
Muchisimas gracias.
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