Consulta sobre compensación y absorción

Raquelcs

Miembro activo
Buenos días, tengo un rifi-rafe con un sindicato. Me gustaría saber vuestra opinión, porque yo me aturullo enseguida.
El convenio dice: las condiciones económicas pactadas en convenio serán consideradas globalmente en cómputo anual.
Los conceptos del convenio absorberán y compensarán todos los existentes en el sector en el momento de su vigencia, cualquiera que sea su denominación, naturaleza u origen.
Se respetarán las condiciones personales que globalmente superen a lo pactado en el convenio.
Tengo un trabajador que antes de convenio cobraba salario base, plus producción, plus personal, actividad, extrasalarial y pagas extras.
El convenio tiene salario base, actividad, extrasalarial y pagas extras.
Con las tablas publicadas del 2022, como lo que ha cobrado ha sido superior a lo que se ha publicado en el convenio, no le he hecho atrasos.
En el 2023, el salario anual del convenio, en cálculo anual, es superior al salario que venía cobrando el trabajador, por lo que al hacerle la nómina he absorbido y compensado el plus personal y plus de producción y he puestos los conceptos del convenio.
Yo lo veo clarísimo que es así, está redactado muy claro en el convenio. Pero me ha llamado el abogado del sindicato y me ha dicho que no. Que quitarle el plus de producción y el plus personal son MSCT, y que le tengo que pagar atrasos del 2022, los conceptos del 2023 y los pluses de más que tenía de antes.
¿Consideráis que tengo razón y que se puede pelear?
 
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