Contabilizacion de Reserva Legal

yedrajavi

Nuevo miembro
Buenas.

He creado una empresa a finales de 2.015 que ha generado beneficios. Mi duda es si el apunte de la reserva legal lo tengo que hacer en el mismo ejercicio 2.015 o si por el contrario se decide en el acta de 2.016 junto con las reservas voluntarias y se contabiliza después de esa reunión de Junta. Gracias
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Es el órgano de Administración de la Sociedad (Administrador Único, Administradores Solidarios o Mancomunados ó Consejo de Administración) quien redacta la Memoria, con la propuesta de distribución del resultado, antes de transcurrir tres meses desde el cierre del ejercicio y quien la presenta para su aprobación o no ante la Junta General convocada para tal fin antes de que transcurran seis meses desde dicho cierre.

Por tanto, si habéis tenido beneficios, uno de los puntos de la distribución será dotar la reserva legal con un 10 % de los mismos, hasta que alcance el 20 % del capital. Si con ese porcentaje, se superase el 20% del capital, la cantidad podría ser menor.

Por cierto, la obligación de dotar la Reserva Legal atañe sólo a las Sociedades Anónimas por lo que las Limitadas la dotan voluntariamente.

Salu2.  8)

P.S.: Con la introducción de la nueva Ley de Sociedades de Capital, las Sociedades Limitadas también están obligadas a dotar la Reserva Legal como parte de la distribución del resultado, en los términos comentados con anterioridad.

 

PEDROJ

Nuevo miembro
Como ha comentado un compañero, se contabiliza cuando la junta lo aprueba.

Te pongo un ejemplo:

En 2015 cuando hiciste el asiento de cierre la cuenta 129 tenía un saldo de 500 euros, (se tuvieron beneficios), entonces en el 2016, harías el reparto de esos beneficios que tuviste en el 2015 en el 2016, haciendo:

500 (129) Resultado del ejercicio

- A - (112) Reserva legal 50

- A - (113) Reserva voluntaria 450

Este asiento, con otros datos numéricos es el que tendrás que hacer en junio del 2016, donde vas a distribuir los beneficios del 2015.
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Perdón, me había quedado un poco obsoleto; modifico mi post anterior en estos términos.

Con la introducción de la nueva Ley de Sociedades de Capital, las Sociedades Limitadas también están obligadas a dotar la Reserva Legal como parte de la distribución del resultado, en los términos comentados con anterioridad.

Salu2.  8)
 
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