Contabilizar -bonificacion domiciliar impuestos-

Carlos80

Miembro
Hola, tengo un cliente que recibe una bonificación del banco por domiciliar sus impuestos en la cuenta corriente.

También le realizan una "RETENCIÓN por bonificación promoción comercial, devolución impuestos"
¿Eso es una retención de Hacienda ‽

La bonificación lo contabilizaría como : 572 a 769 ingreso financiero

y la retención, ¿ sabe alguno como contabilizarlo?
 

Carlos80

Miembro
Gracias Simpan por la contestación.

En los movimientos bancarios sale:
Bonificación Devolución impuestos.....60€ y luego otro asiento
Retención bonificacion devolución impuestos......11,4€ ( correcto el 19%)


Entonces yo haría 3 asientos:

por los 60€: 60 € 572 a 769 60€


y para contabilizar el gasto :

11,4€ 6xx a 473 11,4€ ( ¿ Qué cuenta de gasto utilizarías ahí?)

------------------------x----------------------------------
11,4 € 473 a 572 11,4€


¿Es así correcto ?

Muchas gracias.
 

Simpan

Miembro activo
No sé si estamos hablando de lo mismo, no veo dónde está el gasto.

Pero, tal como lo entiendo, en el banco, ¿cuánto le ingresan? ¿48,60 euros? Entonces a la 572 van los 48,60

El ingreso, 60 euros, iría a la 769

Y la retención, 11,40 euros a la 473
 

Carlos80

Miembro
Perdona simpan. Igual no me explico bien .
El tiene un movimiento bancario de 60€ el ingreso
y luego otro movimiento bancario donde le quitan -11,40€

Vale, lo que tu dices hacer esto:

48,60 572 banco
11,40 473 a 769 60€

pero faltaría otro movimiento contable para saldar la cuenta 473. De esta forma se quedaría abierta.
 

Simpan

Miembro activo
OK, entonces, lo dicho, pero en dos movimientos.

60 euros: a banco (572) y a ingreso (769)

11,40 euros: a retenciones (473) y a banco (572)

Como uno estará en el debe y otro en el haber, se restarán quedando 48,60 euros ingresados en banco.
 

Bruma

Miembro conocido
En su declaración de renta, como las retenciones del 15% a los profesionales o el 19 a los arrendadores, etc.
 

Carlos80

Miembro
Digo cancelar contablemente la cuenta 473. Si no la cancelo, el año que viene en el 2026 me seguirá apareciendo esa cuenta.
 

José2022

Miembro activo
Bruma, no entiendo eso de la declaración de la renta.
Si el caso de Carlos80 es una sociedad limitada,¿no tiene nada que ver con la renta en este caso?
 

Simpan

Miembro activo
Siempre he pensado en sociedad, pero supongo que si es autónomo será similar.

Es como comentan arriba.

Precisamente la cuenta 473 te tiene que quedar con saldo. Imagina que a 31/12 calculas el impuesto sobre sociedades (si es sociedad) en 1.000 euros. Llegará julio de 2026 y a Hacienda no le pagas 1.000 euros, porque ya le has pagado 11,40 euros, es decir, ingresas solo 988,60 euros.

La retención no es un gasto, es un pago anticipado del impuesto. Como dice Bruma, igual que si emites factura con retención. O si realizas pagos a cuenta del impuesto sobre sociedades.

Y si se trata de un autónomo, creo que el saldo de la cuenta 473 se lleva a la 550.
 

Carlos80

Miembro
Vale,ahora ya lo he entendido. Muchas gracias. No sabía que se podría pedir eso en el i.de sociedades. Pensaba que era solo las cantidades que se pagaba en el modelo 202.

Muchas gracias!!
 
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