CONTESTACION RECURSO ALZADA REGULARIZACION AUTONOMOS

IRIA80

Miembro
Autónomo societario

Le regularizan su base de cotización y le ponen la de 1.000 euros (la comunicada era de 1.500) porque a la Seguridad Social no le constan ingresos o que ha presentado la declaración de irpf del año 2023. Sí la presentó y, por supuesto, tiene rendimientos de la sociedad para la que trabaja.

Presentamos Recurso de Alzada indicando lo anterior y presentado la declaración de irpf.

Ahora contestan que los datos que tienen provienen de la AEAT y que rectifiquemos lo que consideremos oportuno en la AEAT, que eso no es competencia suya. Que ellos cogen los datos de lo que les dice la AEAT. Cómo es eso??? En el 190 saben que los ingresos vienen de la sociedad..
Alguien ha recibido una notificación como esta?
Voy a presentarles el 190 y el certificado de retenciones de la empresa. Ya no sé qué hacer.
 

Naialaboral

Miembro conocido
Autónomo societario

Le regularizan su base de cotización y le ponen la de 1.000 euros (la comunicada era de 1.500) porque a la Seguridad Social no le constan ingresos o que ha presentado la declaración de irpf del año 2023. Sí la presentó y, por supuesto, tiene rendimientos de la sociedad para la que trabaja.

Presentamos Recurso de Alzada indicando lo anterior y presentado la declaración de irpf.

Ahora contestan que los datos que tienen provienen de la AEAT y que rectifiquemos lo que consideremos oportuno en la AEAT, que eso no es competencia suya. Que ellos cogen los datos de lo que les dice la AEAT. Cómo es eso??? En el 190 saben que los ingresos vienen de la sociedad..
Alguien ha recibido una notificación como esta?
Voy a presentarles el 190 y el certificado de retenciones de la empresa. Ya no sé qué hacer.
Yo presenté todo y la misma contestacióbn: que reclamara a la AEAT, lo dejé por imposible...
 

yujurl

Miembro conocido
Tengo dos casos iguales sin contestar, me parece que le dire que compense esas bases perdidas ahora, y si quiere seguir peleando pues ya ellos.
 

DANI ML

Miembro conocido
Esto ocurre cuando inicialmente no constaba la vinculación con la entidad.
He tenido dos casos idénticos (cónyuge del socio/administrador), y por más que tramitamos la vinculación retroactiva con la Seg Social, y justificamos que los rendimientos declarados se correspondían con la entidad ya vinculada...... Todos los escritos recibidos demostraban que el cerebro de los funcionarios actuantes estaba vacío de contenido, vamos, que si les abren la cabeza en una intervención quirúrgica, el cirujano descubriría que no había nada, que la cabeza era una carcasa.
Lo dimos por imposible y se han quedado con los 1.000, recibiendo una devolución (no deseada) de más de 4.000 euros por la regularización.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Estoy en el tema precisamente porque el recurso de alzada lo desestimaron y sólo queda el contencioso administrativo. Y por cierto, en mi caso consta la vinculación con la sociedad, no por la vía de persona vinculada porque no te dejan, si no en consulta de actividades aparece el CIF de la empresa. Ayer comentando el caso con una asesoría conocida me dijo (de palabra...) que tenía que haber hablado con la AEAT para conseguir por lo menos que me dijeran (y si fuera por escrito mejor) que datos ha comunicado a la Seguridad social, porque el lío anda en esto. Que pueden pasar dos cosas: que se haya equivocado la AEAT y no haya volcado los datos, o que el procedimiento de solicitud de datos de la Seguridad Social sea erróneo... Que no era el mismo caso, pero que ella hablando con la AEAT se dieron cuenta que ellos habían mandado el dato a la Seguridad social que no era y se lo corrigieron. Y luego por otro lado que tenía un mixto de autónomo + nomina en sociedad de su mujer como familiar colaborador y que le habían sumado los ingresos suyos más las nóminas (no se, me lo dijo de palabra... ). La cuestión es que no me queda claro que datos pide la Seguridad social, que datos manda la AEAT, .... Estoy intentado hablar con la AEAT, por si queréis probar lo mismo.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Esto ocurre cuando inicialmente no constaba la vinculación con la entidad.
He tenido dos casos idénticos (cónyuge del socio/administrador), y por más que tramitamos la vinculación retroactiva con la Seg Social, y justificamos que los rendimientos declarados se correspondían con la entidad ya vinculada...... Todos los escritos recibidos demostraban que el cerebro de los funcionarios actuantes estaba vacío de contenido, vamos, que si les abren la cabeza en una intervención quirúrgica, el cirujano descubriría que no había nada, que la cabeza era una carcasa.
Lo dimos por imposible y se han quedado con los 1.000, recibiendo una devolución (no deseada) de más de 4.000 euros por la regularización.
por cierto... cuando te refieres a vinculación ¿es porque lo has informado en PERSONAS VINCULADAS? Pero si eres cónyuge de socio, y no tienes ni participación ni eres nada, solamente cónyuge con convivencia de socio que tiene +50% del capital, no te deja informar nada en este apartado. Si que aparece el CIF en las actividades relacionadas, pero nada más...
 

DANI ML

Miembro conocido
por cierto... cuando te refieres a vinculación ¿es porque lo has informado en PERSONAS VINCULADAS? Pero si eres cónyuge de socio, y no tienes ni participación ni eres nada, solamente cónyuge con convivencia de socio que tiene +50% del capital, no te deja informar nada en este apartado. Si que aparece el CIF en las actividades relacionadas, pero nada más...
Siento haber llevado a confusión al utilizar el término "vinculación". Efectivamente, en la comunicación de personas vinculadas que hemos tenido que hacer recientemente, un colaborador autónomo no había que comunicarlo (de hecho ni siquiera es posible). Me refería a cuando en su momento se hizo el trámite de alta de autónomo, o si en el algún momento de la vida del autónomo colaborador, cambió el régimen de empresa del autónomo principal, y no se comunicó. Por ejemplo, en los casos que he tenido, el alta como colaborador lo era de inicio en empresa persona física. Con el tiempo, la persona física constituye SL y el colaborador trabaja y cobra de dicha SL. Pero no comunicamos la variación de la condición, no indicamos que a partir de la fecha X pasa a ser colaborador de socio de entidad jurídica. A esa "vinculación" me refería
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Siento haber llevado a confusión al utilizar el término "vinculación". Efectivamente, en la comunicación de personas vinculadas que hemos tenido que hacer recientemente, un colaborador autónomo no había que comunicarlo (de hecho ni siquiera es posible). Me refería a cuando en su momento se hizo el trámite de alta de autónomo, o si en el algún momento de la vida del autónomo colaborador, cambió el régimen de empresa del autónomo principal, y no se comunicó. Por ejemplo, en los casos que he tenido, el alta como colaborador lo era de inicio en empresa persona física. Con el tiempo, la persona física constituye SL y el colaborador trabaja y cobra de dicha SL. Pero no comunicamos la variación de la condición, no indicamos que a partir de la fecha X pasa a ser colaborador de socio de entidad jurídica. A esa "vinculación" me refería
Vale. Pero nosotros lo teníamos bien y aun así... Lo que quiero saber es si la sospecha de que a todos los familiares de socios les va a pasar siempre lo de la base 1000. Por eso estoy indagando a ver que datos manda la AEAT o que datos pide la SEGURIDAD SOCIAL, porque aún no me queda claro es donde está el error. Para ello lo primero que voy a descartar es que la AEAT se ha equivocado, pero j*** no hay forma de que me descuelguen el teléfono, al final pediré cita presencial que me supone una hora de desplazamiento, bueno.. perder toda la mañana, que en mi localidad no tenemos oficina de la AEAT. Y es que la Seguridad social se lo pone muy fácil con decir "esta Tesorería carece de competencia....", no si ya...
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Siento haber llevado a confusión al utilizar el término "vinculación". Efectivamente, en la comunicación de personas vinculadas que hemos tenido que hacer recientemente, un colaborador autónomo no había que comunicarlo (de hecho ni siquiera es posible). Me refería a cuando en su momento se hizo el trámite de alta de autónomo, o si en el algún momento de la vida del autónomo colaborador, cambió el régimen de empresa del autónomo principal, y no se comunicó. Por ejemplo, en los casos que he tenido, el alta como colaborador lo era de inicio en empresa persona física. Con el tiempo, la persona física constituye SL y el colaborador trabaja y cobra de dicha SL. Pero no comunicamos la variación de la condición, no indicamos que a partir de la fecha X pasa a ser colaborador de socio de entidad jurídica. A esa "vinculación" me refería
Uy... perdón!!! Si ya no me acuerdo de las cosas... He vuelto a repasar el "histórico" de las cosas del autónomo y es cierto que pedimos por CASIA que aparecía como autónomo normal cuando tenía que aparecer como familiar de socio... Tienes razón! Nada... no hay retroactividad que valga, ahora a plantear si hacer o no el contencioso... Pero me queda la sospecha de la duda ¿en 2024 nos harán lo mismo o no?
 

DANI ML

Miembro conocido
Justamente tengo la misma duda, qué pasará en 2024. Yo en principio tengo la teoría personal de que en 2023, como en el momento de hacer la regularización, no constaba en el alta del Reta la relación con la entidad, inicialmente lo pasaron a 1.000 €, y después en alzada se han enrocado como robots dando contestaciones estandarizadas sin analizar de verdad el caso. Pero quiero pensar que en la regularización de 2024, como ya constará en ese momento le relación con la entidad, no habrá ese problema.
 

cwarrand

Miembro
Autónomo societario

Le regularizan su base de cotización y le ponen la de 1.000 euros (la comunicada era de 1.500) porque a la Seguridad Social no le constan ingresos o que ha presentado la declaración de irpf del año 2023. Sí la presentó y, por supuesto, tiene rendimientos de la sociedad para la que trabaja.

Presentamos Recurso de Alzada indicando lo anterior y presentado la declaración de irpf.

Ahora contestan que los datos que tienen provienen de la AEAT y que rectifiquemos lo que consideremos oportuno en la AEAT, que eso no es competencia suya. Que ellos cogen los datos de lo que les dice la AEAT. Cómo es eso??? En el 190 saben que los ingresos vienen de la sociedad..
Alguien ha recibido una notificación como esta?
Voy a presentarles el 190 y el certificado de retenciones de la empresa. Ya no sé qué hacer.
Nosotros estamos igual. Creo que han dejado un vacío con los colaboradores. Yo he solicitado por Casia informe sobre esta situación pues al autónomo colaborador se les esta perjudicando directamente. Entienden que como no es titular ni tiene rendimientos por actividad económica ni profesional su base pasa a 1000 € lo cual no tiene sentido mas cuando la norma dic que no pueden tener una inferior a 1000 € pero no niegan la posibilidad de tener una superior, la cuestion es como cuando no tiene en cuenta el cobro de su "nómina" y tampoco me dejan contratarla por cuenta ajena por la presunción directa de Reta. En fin, tener que acudir a un contencioso por esto es tremendo....
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Nosotros estamos igual. Creo que han dejado un vacío con los colaboradores. Yo he solicitado por Casia informe sobre esta situación pues al autónomo colaborador se les esta perjudicando directamente. Entienden que como no es titular ni tiene rendimientos por actividad económica ni profesional su base pasa a 1000 € lo cual no tiene sentido mas cuando la norma dic que no pueden tener una inferior a 1000 € pero no niegan la posibilidad de tener una superior, la cuestion es como cuando no tiene en cuenta el cobro de su "nómina" y tampoco me dejan contratarla por cuenta ajena por la presunción directa de Reta. En fin, tener que acudir a un contencioso por esto es tremendo....
Voy a insistir en preguntar porque este tema me quema... A ver ¿en vuestro caso es familiar de socio? ¿si es familiar de socio estaba bien registrado como "familiar de socio" en Tesorería antes de que empezara el tema de la regularización?
 
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