Contratación Hija

olgaesro

Miembro
Buenos días:

La administradora de una empresa quiere contratar a su hija, pero yo tenía entendido que no se podía si vivía en la misma casa? puede ser? o eso ha cambiado.

Gracias.
 

NOEMI

Miembro conocido
Puede contratarla pero tienes que tener en cuenta lo que dispone la Disposición Adicional 27 de la Ley General de La Seguridad Social:

1. Estarán obligatoriamente incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administrador, o presten otros servicios para una sociedad mercantil capitalista, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto, de aquélla. Se entenderá, en todo caso, que se produce tal circunstancia, cuando las acciones o participaciones del trabajador supongan, al menos, la mitad del capital social.

Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el trabajador posee el control efectivo de la sociedad cuando concurran algunas de las siguientes circunstancias:

1º.Que, al menos, la mitad del capital de la sociedad para la que preste sus servicios esté distribuido entre socios, con los que conviva, y a quienes se encuentre unido por vínculo conyugal o de parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado.

2º.Que su participación en el capital social sea igual o superior a la tercera parte del mismo.

Por lo tanto su conviven en el mismo domicilio en función de las participaciones sociales del administrador de la sociedad puede ser que le corresponda cotizar al régimen de autónomos.

Un saludo

 

olgaesro

Miembro
Pero me refiero a que al ser menor de 30 años no haya problemas en contratarla si convive con la madre.
 

aprendiz

Miembro
Cuando hablas de "La administradora de una empresa", estás dando a entender que el contrato se realiza entre una sociedad y una trabajadora que es hija de la administradora.

Por lo que la indicación de NOEMI es totalmente correcta.

Un saludo.
 
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