contratación trabajador fijo discontinuo hostelería

FJRQ

Miembro
Hola,tengo la siguiente relativa a la contratación como trabajador fijo discontinuo. Trabajador del sector de la hostería de Alicante, que lleva trabajando en la misma empresa 3 años,con un contrato indefinido,dándolo de alta en febrero y causa baja en octubre-noviembre, por despido, pero que se le vuelve a contratar otra vez al año siguiente. La empresa plantea ahora la formalización de un contrato fijo discontinuo para este trabajador, ya que no parece lógico ir pagando indemnizaciones por despido a finales de año para luego volver a ser contratado otra vez al año siguiente. Entiendo que no estaría bien esa circunstancia, por lo que parece más lógico la contratación como fijo discontinuo,pero me gustaría saber si a la hora de finalizar el contrato fijo discontinuo a jornada completa, se le ha de pagar alguna indemnización y cuál sería el código de dicho contrato.Muchas gracias.
 

EL NOMINAS

Miembro activo
El código de contrato es "300 Indefinido Fijo Discontinuo." Y no existe indemnización alguna ya que al finalizar el periodo de actividad el contrato no se extingue. En este caso se suspende.
 

Triqui

Miembro
Como bien te han dicho los anteriores compañeros, no existe obligación de indemnizar dado que el contrato queda en suspenso. Lo que si se  tiene por parte del trabajador, es la obligación de declarar la indemnización que haya percibido en los anteriores despidos como rendimientos del trabajo, al producirse una nueva incorporación en la empresa en los tres años posteriores al cese.
 
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