contrato 410 a 402

martada

Miembro
Buenos días:

Tengo que finiquitar un contrato 410 de sustitución por maternidad y seguidamente, la misma persona, será contratada para sustituir vacaciones de la mamá, contrato 402.

-debería liquidar el 410 con sus días vacaciones y parte proporcional de las extas que le pertenecen? o
-debería hacer el moviemiento en tesorería de cambio de código de contrato, en contrat@ nuevo contrato y liquidar todos los conceptos (desde que empezó la sustitución por maternidad) una vez que acabe el contrato 402?

Gracias de antemano
 

EL NOMINAS

Miembro activo
Yo ese movimiento lo he realizado de las dos formas y nunca he tenido problemas. Al final me he decantado por fin contrato y liquidación del primero, y nuevo contrato. y por supuesto comunicación al la SS y SEPE.
 

martada

Miembro
Gracias nómina.
Al liquidar el primero le pertenecen 10 días de vacaciones retribuidas y no disfrutadas, no hay problema en que se solapen con el nuevo alta del 402, verdad?
 

fundación

Miembro conocido
Problemas no da ninguno, pero personalmente prefiero liquidar vacaciones al final de la relación laboral.
 
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