CONTRATO 410

latp

Nuevo miembro
Hola! tengo una duda sobre una situación. Hay un trabajador que está con contrato 410 por sustitución de una baja por maternidad. Cuando acabe la maternidad la trabajadora comenzará una excedencia por cuidado de hijos. ¿En este caso que se haría con el trabajador que está sustituyendo?
Las cuestiones que me planteo son:

-En la TGSS no tocar nada ya que está con contrato 410 (sin bonificación de las cuotas)
-En contrat@ se comunicó el contrato de sustitución por maternidad, pero al cambiar el hecho causante, ¿debería comunicar otro por sustitución por excedencia?

¿O se debe tramitar la baja en la seguridad social y volver a hacer otro contrato 410 por situación diferente?
 

toni

Miembro conocido
Yo particularmente hago baja y nueva alta y nuevo contrato que sigue siendo el 410, pero la causa es distinta...
 
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latp

Nuevo miembro
Hola, esta es la respuesta que me dan desde CASIA:

No hay que dar baja y alta. Si no hay bonificaciones tampoco hay que hacer ninguna variación en Seguridad Social, si habrá que registrar el contrato con la nueva causa de sustitución.

Parece ser que no es necesario tramitar el alta y la baja,
Un saludo.
 
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