Hola! tengo una duda sobre una situación. Hay un trabajador que está con contrato 410 por sustitución de una baja por maternidad. Cuando acabe la maternidad la trabajadora comenzará una excedencia por cuidado de hijos. ¿En este caso que se haría con el trabajador que está sustituyendo?
Las cuestiones que me planteo son:
-En la TGSS no tocar nada ya que está con contrato 410 (sin bonificación de las cuotas)
-En contrat@ se comunicó el contrato de sustitución por maternidad, pero al cambiar el hecho causante, ¿debería comunicar otro por sustitución por excedencia?
¿O se debe tramitar la baja en la seguridad social y volver a hacer otro contrato 410 por situación diferente?
Las cuestiones que me planteo son:
-En la TGSS no tocar nada ya que está con contrato 410 (sin bonificación de las cuotas)
-En contrat@ se comunicó el contrato de sustitución por maternidad, pero al cambiar el hecho causante, ¿debería comunicar otro por sustitución por excedencia?
¿O se debe tramitar la baja en la seguridad social y volver a hacer otro contrato 410 por situación diferente?