contrato a tiempo parcial o jornada completa

martada

Miembro
Hola,
me surge la duda en cuanto a qué tipo de contrato realizar a una trabajadora que voy a necesitar aproximadamente 2 semanas durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre.
Exitirá algún problema en:
-hacerle 4 contratos (altas y bajas con su liquidación correspondiente) según turno de vacaciones? o no me arriesgo y
-hago 4 meses a media jornada? (no sé si esto será mejor incluso para la trabajadora)

Gracias de antemano!
 

Sandrita

Nuevo miembro
Entiendo que hablas de 4 contratos eventuales a tiempo completo para sustituir vacaciones de 4 trabajadores a tiempo completo que cogen vacaciones en meses distintos y dos semanas, o bien planteas la opción de hacer un contrato eventual único de 4 meses pero a tiempo parcial concentrando la jornada cada mes en dos semanas pues dices que necesitarás a la  trabajadora 2 semanas cada uno de esos meses.

Si son para cubrir vacaciones yo también haría 4 contratos pues si haces un contrato eventual de junio a septiembre y un trabajador de los sustituidos cae en IT y no puede disfrutar las vacaciones que haces con el eventualmente contratado para cubrir sus vacaciones?.

Cada mes vas a necesitar solo 2 semanas al trabajador eventual que vas a contratar? Si es así con más razón haría 4 contratos, son contratos temporales donde la causa ha de estar justificada y la causa es cubrir 2 semanas de vacaciones las otras dos semanas en alta no hay causa para estarlo. Y otro riesgo si la trabajadora eventual contratada cae en IT las dos semanas en que no está prestando servicios efectivos pues concentraste la jornada en 2 semanas pero en alta (y reúne demás requisitos)?


Salvo mejor opinión, lo veo así, si la situación que expones es como yo deduzco de tu post.

Saludos.
 

Ro

Miembro activo
Comparto totalmente con Sandrita y como siempre perfectamente explicado.
 

Mr. White

Miembro activo
Yo veo ambas opciones válidas, siempre identificando en el contrato nombres y apellidos y periodo de vacaciones de los trabajadores "vacacioneros".

 

Argi

Miembro conocido
Es evidente que es mejor opción en todos los sentidos menos de cuatro contratos, uno por cada periodo vacacional. Imagino que la razón por la que se plantea un solo contrato es económica, ya que el hacer cuatro aumenta los gastos de gestoría.

Por cierto, ¿qué tipo de contrato eventual formalizáis para vacaciones el circunstancias de la producción obra o el de interinidad?

Saludos,
 

carloslugo

Miembro activo
por vacaciones no cabe el de interinidad .. yo en estos casos hago el eventual por circunstancias de la producción .
 

martada

Miembro
Muchas gracias por vuestras aportaciones.
Sandrita me lo has explicado perfectamente y nunca me había planteado una IT, pero claro se puede dar.

Contrato para sustituir vacaciones nunca es una interinidad, como dijo Mr. White.

Saludos a todos y feliz jornada de trabajo! ;)
 

Sandrita

Nuevo miembro
Mr. White dijo:
La IT se puede dar haya un contrato, dos o cuatro.

Claro que se puede dar una IT (del eventual o trabajador al que vaya a cubrir) ya hagas un contrato único o 4, pero el "coste" que se arriesga a soportar la empresa no es el mismo.

P.D. En cualquier caso, aunque supiera a ciencia cierta que no existiría IT (imposible saberlo pero "imaginando" que fuera posible) tengo mis reservas a un único contrato por otras implicaciones, discutibles pero que dan pie a interpretaciones distintas con distintos argumentos jurídicos.

Saludo.
 

Mr. White

Miembro activo
Lo que se sustituye en el fondo son las tareas, no tanto la persona, si se va 15 días de vacaciones se acumula el trabajo de 15 días, trabajo que podrá realizarse por el "sustituto" en esos 15 días, trabajando la misma jornada que tiene el que está de vacaciones, o en 30 días, si se trabaja a tiempo parcial 4 horas...

Al final lo que legitima el uso del eventual es que haya acumulación de trabajos (en el caso que nos ocupa porque se van de vacaciones varias perosnas, en distintos periodos), y la extinción se producirá cuando esa acumulación de trabajo no exista...no tiene por qué ser cuando ese trabajador vuelva (más aun si se va otro de vacaciones)...
 

Sandrita

Nuevo miembro
Mr. White dijo:
Sandrita dijo:
Mr. White dijo:
La IT se puede dar haya un contrato, dos o cuatro.

Claro que se puede dar hagas un contrato único o 4, pero el "coste" que se arriesga a soportar la empresa no es el mismo.

No te pillo

[size=10pt]La jornada mensual total del tiempo parcial estaría concentrada cada mes en las dos semanas quer cada trabajador está de vacaciones para así cubrir la acumulación tareas durante la jornada del trabajador a tiempo completo (que era la otra opción que planteaba).

Es que el post inicial se refiere a que va a necesitar a una trabajadora cada uno de los 4 meses (junio a septiembre) 2 semanas, es decir, que esa trabajadora eventual trabajaría 2 semanas cada mes que son las que se corresponden con las vacaciones de cada trabajador. En mi post le contesté "entiendo que hablas de" y según lo que yo entendía (que parece ser que era así) le expuse mi opinión centrándome en una posible IT de eventual o trabajador que va a cubrir el eventual (aunque no es el único riesgo).

El planteamiento que yo entendí del post inicial (y que parece ser que entendí bien porque no indicó otra cosa en sus post posteriores) es que...hay 4 trabajadores a tiempo completo y cada uno de ellos va a tomar 2 semanas de vacaciones (cada uno un mes distinto, uno en junio, otro en julio, otro en agosto y otro,en septiembre) y se va a contratar una trabajadora eventual para sustituir esas 2 semanas cada mes, es decir, para trabajar solo esas dos semanas cubriendo la misma jornada a tiempo completo que el trabajador que se va de vacaciones.

Para ello planteaba en el post inicial dos opciones:

A) Hacer 4 contratos eventuales a tiempo completo de duración de 2 semanas (coincidentes con las dos semanas de vacaciones que en cada caso se tome el trabajador cuyas tareas cubre el eventual). Estaría dos semanas cada mes en alta la trabajadora eventual a tiempo completo, transcurridas esas 2 semanas se extinguirá el contrato por expiración del término convenido y con ello las obligaciones de las partes, con lo cual la empresa no corre durante las otras 2 semanas del mes los riesgos en relación a una posible IT que procedan (pago delegado, complemento IT....) riesgos que si tendría que asumir en la opción de único contrato eventual a tiempo parcial de duración 4 meses (yo puse ejemplo IT pues es el más habitual pero hay otros por otras circunstancias). P.ej. si la trabajadora se rompe una pierna o pilla una neumonía, durante esas 2 semanas tras la extinción del contrato la empresa no tiene ninguna obligación para con la trabajadora.

B) Hacer un contrato eventual único a tiempo parcial de duración 4 meses, para determinar la parcialidad tendría en cuenta la jornada completa al mes, la trabajadora trabajaría cada mes 2 semanas las otras dos semanas de cada mes no trabajaría puesto que la jornada mensual total tiempo estaría concentrada cada mes en las dos semanas que cada trabajador está de vacaciones para así cubrir la acumulación tareas durante la jornada del trabajador a tiempo completo (que era la otra opción que planteaba en su post). Además de que agotadas las 2 semanas de vacaciones se reincorporaría el trabajador y con ello despareceria la causa pero este ya es otro tema....con esta opción de contrato eventual único a tiempo parcial la trabajadora estaría de alta de junio a septiembre, aunque las horas de trabajo se concentrarían en 2 semanas cada mes (para entendernos trabajaría 8 semanas en 4 meses y no 16 semanas), con lo cual la empresa asumiría durante 16 semanas los riesgos de que la trabajadora pudiera recaer en IT, pues ésta no es causa de extinción del contrato causa de extinción que existirá cuando expire el término convenido.
Claro que puedes decir, puede despedirla improcedentemente que total la cuantía de la indemnización no es elevada (pero si sería mayor que si hace 4 contratos eventuales que se extinguen por expiración de término)...pero ello implica un despido improcedente en el haber de la empresa que igual no le interesa por otras cuestiones.

A eso me refiero con el coste, luego está el tema de la causa del contrato eventual que yo considero que solo existe durante las semanas concretas en que el trabajador está de vacaciones y durante las cuales se produce la acumulación de tareas a causa de su ausencia por vacaciones. Pero esto ya es otro tema, que podría conllevar que la trabajadora expirados los 4 meses cuando la empresa fuera a extinguir el contrato por expiración del término impugnase por despido improcedente por considerar que se trata de un contrato en fraude o peor que te encontrarás que siendo se aprecie que siendo un contrato en fraude la trabajadora resulta que está embarazada y puedes comerte una nulidad.
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