Siempre he tenido esta duda, y nadie ha sabido responderme.
En los contratos de acumulación de trabajo, lo máximo que se puede trabajar es 6 meses dentro de un periodo de 12 meses. O si lo permite el convenio, 12 meses dentro de un periodo de 18 meses.
Pues supongamos que ese trabajador ha trabajado durante 12 meses. Tendrían que pasar por lo menos 6 meses y un día, para volver a contratarle.
Por otra parte, no se pueden concadenar dos o mas contratos temporales, que en los 24 meses haya estado contratado mas de 30 meses.
Por tanto si yo he hecho un contrato de acumulación de trabajo de 12 meses, dejo pasar 7 meses, y vuelvo a contratar a ese trabajador durante 12 meses, el trabajador no tendrá la categoría de fijo?
O estaría rizando el rizo?
En los contratos de acumulación de trabajo, lo máximo que se puede trabajar es 6 meses dentro de un periodo de 12 meses. O si lo permite el convenio, 12 meses dentro de un periodo de 18 meses.
Pues supongamos que ese trabajador ha trabajado durante 12 meses. Tendrían que pasar por lo menos 6 meses y un día, para volver a contratarle.
Por otra parte, no se pueden concadenar dos o mas contratos temporales, que en los 24 meses haya estado contratado mas de 30 meses.
Por tanto si yo he hecho un contrato de acumulación de trabajo de 12 meses, dejo pasar 7 meses, y vuelvo a contratar a ese trabajador durante 12 meses, el trabajador no tendrá la categoría de fijo?
O estaría rizando el rizo?