Contrato bonoficado 500 euros RDL 1/2015

Pablolf

Miembro
Hola, el 5 de agosto di de alta a una trabajadora con el contrato bonificado los primeros 500€ por CC.

Es la prmera vez que lo realizo, y además soy bastante nobel en gestión laboral. Quisiera consultar con otros compañeros/as si estando correctamente de alta, es normal que al enviar el fichero de bases, solicitar el borrador y el fichero de cálculos, ni en este último ni en el DCL me aparezca reflejado la bonificación de 500€ sobre CC?

Estoy preocupado y no quiero aún confirmar la liquidación de agosto por consultarlo antes, para no meter la pata.

Gracias a los que me podáis comentar vuestra opinión. Saludos.
 

IMC

Miembro activo
Te debe aparecer. En el DCL te aparece el importe correspondiente en el concepto REDUCCIONES A CARGO DE LA TGSS
 

Pablolf

Miembro
Juer, pues no se por qué no aparece. El contrato está realizado y comunicado a sepe y a la Seguridad social antes del 31 de agosto (fecha en la que ya no se pueden acoger mas a este contrato). En el IDC de afiliación de la trabajadora sale correctamente identificado el tipo de contrato con la reducción.

Lo único que se me ocurre es que haya cometido un error. Se me ocurre el tema del incremento del empleo. Esta empresa es nueva, de hecho es el primer contrato que realiza y hasido por esta causa. Pensaba que contratar así hacía cumplir los requisitos de incremento del empleo indenifido y total en la empresa, aunque no hubiese referencia respecto a los 30 días anteriores. La verdad era ésta la única bonificación a la que podía tener derecho esta persona.

O que tenga que ver algo la complementaria L13 que me ha venido al solicitar el borrador del mes de agosto en las CCC tanto de la nueva empresa como la antigua en la que le dí de baja.

No se me ocurre otra cosa... salvo que en el programa de nóminas le puse a efectos de AT y EP la del CNAE (superior al de trabajos exclusivos que le puse en laafiliación). Por error.

Como lo ven?
 

Ro

Miembro activo
Corrige y cuadra los datos de afiliación a la tgss con los dos programa.
Vuelve a calcular la nómina y envía los seguros sociales.
Pide de nuevo el idc de ese trabajador para comprobar que figure la bonificación y también que figure en el resumen de nóminas.
Luego coteja el resumen del programa con el borrador si está igual y ha practicado la reducción de los 118 euros acepta.
En el RNT figuran las bases pero no las bonificaciones como antes en los tc2.
 

MNbuerg

Nuevo miembro
yo tenía un contrato bonificado, que me aparecía correctamente en el IDC, en el SILTRA venia sin bonificación. Mandé un mail a mi tgss con los archivos adjuntos y ellos lo arreglaron
 

Pablolf

Miembro
Gracias por vuestras aportaciones. Al final era que el anterior gestor que tenía en asuntos fiscales no había realizado el alta censal de la sociedad, y por eso no podía tener beneficios en la cotización por reducción del refereido contrato... un percal vaya, ahora estoy tratando de arreglarlo aportándolo a la TGSS y que lo subsane  ::)
 

DANIEL

Nuevo miembro
A mi me ha pasado que cursé un alta el último día, el 31 de agosto, y todo bien: IDC con la reducción etc.
Presentó el TC y me dice que no corresponde aplicarla.    La bonificación había desaparecido del IDC y no había deudas tributarias.
Voy a Tesorería, y me dicen que no corresponde aplicarla porque el sistema ha detectado que el trabajador había estado indefinido en otra empresa en los últimos tres meses.
Y digo: pero si esa exclusión no existía en este contrato.......    ahí mismo le hago leer la Ley que lo regula, y dice: pues es verdad, no lo veo.
Lo consulta con otra funcionaria, y me dice: ya lo miraremos y te llamaremos.

NO me han llamado ni lo espero, pero el caso es que al llegar al despacho, me encuentro con que el IDC estaba de nuevo con la bonificación.

Vamos, que el sistema informático les había creado a posteriri la exclusión por una causa que no estaba regulada por la normativa.
Lo corrigieron, pero...........

Así vamos
 
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