Hola, tengo la siguiente duda. Con fecha 23 de Octubre , finalizó la interinidad por sustitución de trabajadora por maternidad del trabajador que se contrató pero se ha mantenido de alta a éste hasta el día 15 de Noviembre ya que dicha trabajadora había solicitado la acumulación de las horas del permiso de lactancia. Recibimos comunicación de Tesorería en la cual nos indican que se ha eliminado la cuasa de sustitución por descanso por maternidad durante el embarazo aplicado al citado trabajador con fecha 24 de Octubre de 2022, con lo cual ya no aplicaríamos bonificación alguna a dicho trabajador. Nos surge la duda de haber mantenido el tipo de contrato de trabajo hasta el día de hoy por el tema del permiso de lactancia es correcto sin aplicar la bonificación o deberíamos de haber transformado o finiquitado dicho contrato en fecha 23 de Octubre. Y por otro lado, si transformamos este tipo de contrato de trabajo, podría ser indefinido con drecho a bonificación o bien se le podría hacer un contrato temporal por circusntancias de la producción previsibles con una duración máxima de 90 días, ya que la tarea del trabajador es la de administravito en una empresa de productos sanitarios?.muchas gracias.