Contrato de duración determinada interinidad

FJRQ

Miembro
Hola, tengo la siguiente duda. Con fecha 23 de Octubre , finalizó la interinidad por sustitución de trabajadora por maternidad del trabajador que se contrató pero se ha mantenido de alta a éste hasta el día 15 de Noviembre ya que dicha trabajadora había solicitado la acumulación de las horas del permiso de lactancia. Recibimos comunicación de Tesorería en la cual nos indican que se ha eliminado la cuasa de sustitución por descanso por maternidad durante el embarazo aplicado al citado trabajador con fecha 24 de Octubre de 2022, con lo cual ya no aplicaríamos bonificación alguna a dicho trabajador. Nos surge la duda de haber mantenido el tipo de contrato de trabajo hasta el día de hoy por el tema del permiso de lactancia es correcto sin aplicar la bonificación o deberíamos de haber transformado o finiquitado dicho contrato en fecha 23 de Octubre. Y por otro lado, si transformamos este tipo de contrato de trabajo, podría ser indefinido con drecho a bonificación o bien se le podría hacer un contrato temporal por circusntancias de la producción previsibles con una duración máxima de 90 días, ya que la tarea del trabajador es la de administravito en una empresa de productos sanitarios?.muchas gracias.
 

Eric Arthur Blair

Miembro activo
Buenos días,

Finalizas el contrato de sustitución, en fecha fin la fecha en la que finaliza el permiso por nacimiento y cuidados del menor. A continuación realizas un contrato por circunstancias de la producción imprevisibles para cubrir el permiso de lactancia acumulado y/o las vacaciones en el caso en el que la trabajadora sustituida te las solicite a continuación del nacimiento y cuidados. El primero bonificado y el segundo NO.
 
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