Hola, un gurpo de 4 empresas, ha celebrado un contrato temporal eventual por circunstancias de la produccion con un trabajador durante 4 años, estando contratado 1 año en cada una de ellas. Ahora quieren transformar el ultimo contrato temporal en indefinido con fomento d empleo acogiendose al aptdo b del art.3 de la Ley 35/2010.
Pueden acogerse a ese tipo de contrato, lo que pretenden es en caso de indemnizacion improcedente sea de 33 dias, el hecho de bonificarse cuotas de seguros sociales les es indiferente
¿se podria celebrar este contrato y no bonificarse pero si acogerse a los 33 dais del despido objetivo?
Pueden acogerse a ese tipo de contrato, lo que pretenden es en caso de indemnizacion improcedente sea de 33 dias, el hecho de bonificarse cuotas de seguros sociales les es indiferente
¿se podria celebrar este contrato y no bonificarse pero si acogerse a los 33 dais del despido objetivo?