CONTRATO DE INTERINIDAD BONIFICADO

Clo

Nuevo miembro
Buenos días,
Trabajadora autónoma familiar de baja por maternidad.
Se contrata trabajadora desempleada en régimen general para sustituirla, con bonificación del 100% de las cuotas.
Si la trabajadora sustituida estuviera en régimen general, tendría clarísimo que también tendría derecho a la misma bonificación, pero al ser autónoma, no se si sus cuotas de s.s. también son bonificables.
Gracias y saludos,
 

Clo

Nuevo miembro
Me contesto y vuelvo a preguntar,...
En tgss me dicen que efectivamente es bonificable también la cuota de autónomo, y que además es automático, cuando haces el alta de la otra trabajadora.
Nueva duda:
La trabajadora autónoma familiar consta en módulos como trabajadora a tiempo parcial (20 horas), y de hecho su "nómina" es también de 20 horas, según convenio.
Si doy de alta a la trabajadora desempleada con 20 horas
¿tendría problemas para bonificarle la cuota del autónomo?
¿Tendría que hacer el contrato de interinidad a tiempo completo, para no tener problemas?
Gracias y saludos
 

Ro

Miembro activo
La autónoma no puede reflejarse a tiempo parcial la cotización, por lo que entiendo que la trabajadora sustituta debería ser también a jornada completa, aunque al estar en módulos si la contratas a jornada completa va a subir bastante el módulo...
El autónomo para ser bonificado tendrás que solicitarlo a la TGSS, pues de automático te aseguro que no lo es. Yo no lo hice, pero supongo que tendrás que pedir devolución de cuotas, y presentar contrato de la sustituta.
Un saludo
 

jcg73

Miembro activo
De acuerdo con Ro, recientemente se me ha dado el caso, y he ido a tgss con el contrato comunicado de la interina para que le puedan aplicar la bonificación a la autónoma, y entiendo también que debe ser a jornada completa por aquello de que no existe el autónomo parcial , aunque si lo exista en el módulo.
 

silcon

Nuevo miembro
el último contrato que hice de este tipo no tuve que ir a la tgss para que aplicaran la bonificación.

creo recordar que al dar de alta a la sustituta indiqué que la sustitución es por maternidad ( no recuerdo si el código del sistema red era el dos o cual pero se pueden comprobar con la ayuda) y el Naf de la trabajadora sustituida, en este caso, la  autónoma y le hicieron la bonificación automáticamente.
 
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