Se me plantea una duda, una trabajadora con reduccion de jornada al 75% de su jornada habitual por cuidado de hijos (lleva 3 años), esta de nuevo embarazada y en el momento que se de de baja por maternidad la empresa quiere sustituirla, con bonificación de cuotas claro, ¿la nueva contratación seria también por el 75% o por el 100%?, supongo que solo se puede bonificar el 75%?