Contrato de sustitucion. Adelantar 2 semanas el alta al hecho causante.

Argi

Miembro conocido
Hola,
Tengo un contratillo de sustitución por una excedencia con reserva de puesto. La cuestión (planteada en el foro anteriormente con casi total seguridad, perdón por no encontrarla) es que la empresa quiere que la excedente instruya a su sustituta durante dos semanas.
¿Se podría hacer un solo contrato o tiene que ser uno de circunstanias de la produccion y luego el de sustitución por excedencia?

Saludos a todes
 

Argi

Miembro conocido
Me respondo a mí mismo.

¿Se puede contratar antes de que sea necesario la sustitución?​

Sí, tras la modificación del contrato de sustitución, el apartado 3 del artículo 15 establece expresamente que la prestación de servicios podrá iniciarse antes de que se produzca la ausencia de la persona sustituida, coincidiendo en el desarrollo de las funciones el tiempo imprescindible para garantizar el desempeño adecuado del puesto y, como máximo, durante quince días.

Por lo tanto, con el fin de que la persona sustituida pueda conocer las funciones que tiene que desempeñar, se puede contratar a la persona trabajadora con una antelación máxima de quince días a la necesidad de sustituir a otro trabajador.
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
He llegado tarde, pero efectivamente lo que te has auto-contestado :ROFLMAO: :ROFLMAO: :ROFLMAO: .

Lo único que puedo añadir es, que si existe bonificación (riesgo o maternidad) debe ir sin bonificar hasta que produzca el hecho y se pide por casia bonificación desde el inicio del riesgo o maternidad.
 
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