La duda es la siguiente. Autónomo con participaciones en una S.L al 50% . Se le hace un contrato en prácticas a su hijo de 24 años que no convive con él pero sigue empadronado en el domicilio familiar . El hijo tiene suscrito a su nombre un contrato de arrendamiento de vivienda y varias facturas que demuestran que vive independizado. Se le encuadra en el Régimen General aplicando la reducción del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes.
¿Veis todo correcto?.¿Sería recomendable que el hijo cambiara el empadronamiento?
¿Veis todo correcto?.¿Sería recomendable que el hijo cambiara el empadronamiento?