contrato en practicas

Val-2005

Miembro
Se va a hacer un contrato por 6 meses en practicas aprovechando la bonificacion del 50% en las contingencias comunes que hay.
Si antes de que se acabase el contrato se optase por despedir a esta trabajadora ¿no habría que devolver nada ni afectaria a bonificaciones de otros contratos presentes y futuros siempre que el despido fuese procedente, verdad?
 

aprendiz

Miembro
El beneficio -la Ley habla de reducción- del 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes viene establecido en el art. 13 de la Ley 11/2013.

Hay una remisión a la Ley 43/2006 sobre las peculiaridades del beneficio. Esta Ley en ningún momento habla de devolver bonificaciones de cuotas por despido, por lo que no tendrías que devolver nada.

Sólo cabe devolver los beneficios -art. 9 de la Ley 43/2006) si en el alta no se reunieran los requisitos exigidos (por ejemplo, que no fuera un contrato en prácticas, o que no tuviera la edad adecuada).

Un saludo.
 
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