CONTRATO FIJO DE OBRA? despido?

GRUC

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Una empresa de construccion contrata a un trabajador con un contrato (401)de obra o servicio determinado, indicando una obra en concreto.

1º. ¿Se entiende este contrato como fijo de obra siendo la indem. por fin de obra del 7 % de los conceptos salariales?
2º La obra aun no ha se ha terminado pero la empresa dice que este trabajador ya no le hace falta.¿se entenderia como despido o como fin de obra si se entiende que lo que debe finalizar es su trabajo en la obra y no la obra en si?

Gracias
 

Cleo

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1.- una cosa es un contrato de obra y otra un fijo de obra. Este es un obra o serv. determinado "normal". Mira el convenio general para determinar la ind. x fin contrato.
2.- Confirma exactamente como se redactó la obra. Si está claramente definida la obra y su trabajo en ella no debería de haber problema.
 

FERNANDO

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Se permite que los contratos acaben paulatinamete, no necesariamente todos a la vez ,en función de las necesidades.
 

GRUC

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La indemnización es del 7% de los conceptos salariales. ¿Pero se calcula sobre la media de los meses que ha trabajado o sobre la suma de todos los meses?Gracias
 

calamog

Miembro
GRUC dijo:
La indemnización es del 7% de los conceptos salariales. ¿Pero se calcula sobre la media de los meses que ha trabajado o sobre la suma de todos los meses?Gracias
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Tal como indicas la finaliz. de los trabajos de su categoria y especialidad en la obra , la Indem. es del 7%., sobre las "tablas salariales del Convenio" .
Y se calcula sobre los conceptos percibidos citados anteriormente desde la fecha de alta a la fecha de la baja.

saludos.
 
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