contrato fijo discontinuo y falta de llamamiento

jaumepastor

Nuevo miembro
buenas, este verano me hago cargo de un casal de verano en un centro deportivo,
antes este servicio lo llevaba otra empresa con trabajadores fijos discontinuos
uno de ellos al enterarse que no le voy a contratar por que no me hacen falta tantos trabajadores dice que me va a a demandar

no deberia demandae al centro deportivo y a la anterior empresa y no a mi?
 

jaumepastor

Nuevo miembro
claro, creo que en estos casos siempre es subrogacion empresarial, el casal se hace cada año, lo que pasa que este lo lleva mi empresa, y a esta trabajadora no la voy a necesitar,
pero yo como quedaria como responsable principal o subsidiario de la demanda?
 

FERNANDO

Miembro conocido
si la obligación nace después de la subrogación, el único responsable es el nuevo empresario, no el antiguo (a no ser que exista delito, lo que no debe ser el caso).

En cuanto al fondo, entiendo que el no avisar a un trabajador por no haber trabajo no significa que haya despido, siempre y cuando respetes el orden de llamada establecido convencionalmente.
 
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