CONTRATO GARANTIA JUVENIL

Javie

Miembro
Buenos días!
He buscado en el foro y veo sólo comentarios antiguos.
Quería saber, si alguien me puede ayudar, a nivel de contrata, el tipo de contrato que es y a nivel de sistema red, si tengo que poner alguna peculiaridad ??
Me parece entender, de lo que he podido ver, que tienen la ayuda que de la ccaa pero ninguna bonificación más... es así ?
Gracias !
 

Wastual

Miembro conocido
Actualmente, los beneficiarios en la cotización se refundieron mediante el RDL 1/2023. Por tanto, actualmente, una vez transcurrido un año desde el 01/09/2023 (fecha de entrada en vigor, según la D.A. 1ª de dicho texto legal), los incluidos en el sistema de garantía juvenil con baja cualificación (era un requisito indispensable figurar con dicha condición, no bastaba con ser beneficiario "a secas") ya no tienen derecho a ninguna bonificación, excepto que el contrato que se realice es el de formación en alternancia (art. 26). Por tanto, la tramitación del alta se realizará indicando el contrato que se suscriba, según del tipo que sea, con los códigos "ordinarios", ya que no se pueden emplear las claves bonificadas porque no existe ninguna causa de incentivación, en los términos que ya se ha indicado.

Pero ello no impedirá que si se reúnen el resto de requisitos, que la clave del contrato sea -por ejemplo- "100" en vez de "150", no impedirá la concesión de la subvención, ya que la diferencia es una distinción "estatal" para "poder grabar" los beneficios, pero al fin y al cabo el tipo de contrato es el mismo (indefinido, continuando con el ejemplo anterior) y se basa en una "norma estatal" sobre las que las CA "no pueden modificar por falta de competencia" -por simplificar y para que se entienda-.
 
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