contrato Indefinido para el fomento de empleo RD10/2010

monsa

Nuevo miembro
Hola,
Me planteo una duda sobre poder bonificar un contrato indefinido de fomento, para el 28 de julio de un joven que ya ha trabajado en la empresa con un contrato temporal (del 21/05 al 09/07) . No entiendo bien en la ley si el contrato temporal deberia de haberse celebrado antes de salir el RDL.
Que opinais?
Gracias
 

fundación

Miembro conocido
Las bonificaciones existentes son las siguientes:

Bonificaciones universales (jóvenes, mujeres, parados larga duración).
· Jóvenes hasta 30 años: 800 euros (1.000 euros si son mujeres).
· Mayores de 45 años: 1.200 euros (1.400 si son mujeres).
· Requisitos: Las contrataciones deben suponer un aumento del personal fijo de la empresa.
· Duración: 3 años desde el contrato.

Bonificaciones por transformación en indefinidos de contratos formativos, de relevo y de sustitución.
· La bonificación será de 500 euros durante 3 años. Si son mujeres, la bonificación será de 700 euros.

Bonificaciones para contratos de formación. · Se bonifica el 100% de las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.
· Duración: Hasta 31/12/2011.

Ahora, si te refieres al recorte en las indemnizaciones por despido, que no bonificación:

Trabajadores empleados en la misma empresa mediante contratos temporales celebrados antes de 18/06/2010, y que se transformen en indefinidos antes de 31/12/2010.

 

Clo

Nuevo miembro
Añadir que además para poder bonificarte el contrato, los trabajadores tienen que haber estado como mínimo un año inscrito como demandante de empleo, y además no tener estudios (los jóvenes).
La cuestión es que no conozco a nadie que pueda bonificarse en estas condiciones!
 

monsa

Nuevo miembro
a lo que me refiero es a los nuevos colectivos:
-Parados que lleven 3 meses inscritos
-Trabajadores solo con contratos temporales en los 24 meses ....
Éste ultimo colectivo es el que me refiero yo.
Podemos hacerle un contrato de fomento bonificado aún habiendo estado anteriormente en la Empresa, apuntándose al paro claro.??? Pues en la ley 43/2006 era una de las exclusiones para la contratacion indefinida bonificada el que hubiese existido un contrato temporal en los 6 últimos meses en la misma empresa.
Gracias.
 

javier

Miembro
fundación dijo:
Las bonificaciones existentes son las siguientes:

Bonificaciones universales (jóvenes, mujeres, parados larga duración).
· Jóvenes hasta 30 años: 800 euros (1.000 euros si son mujeres).
· Mayores de 45 años: 1.200 euros (1.400 si son mujeres).
· Requisitos: Las contrataciones deben suponer un aumento del personal fijo de la empresa.
· Duración: 3 años desde el contrato.

Bonificaciones por transformación en indefinidos de contratos formativos, de relevo y de sustitución.
· La bonificación será de 500 euros durante 3 años. Si son mujeres, la bonificación será de 700 euros.

Bonificaciones para contratos de formación. · Se bonifica el 100% de las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.
· Duración: Hasta 31/12/2011.

Ahora, si te refieres al recorte en las indemnizaciones por despido, que no bonificación:

Trabajadores empleados en la misma empresa mediante contratos temporales celebrados antes de 18/06/2010, y que se transformen en indefinidos antes de 31/12/2010.

MONSA y demas

Te han hecho un esquema de las bonificaciones del RD 10/2010 y y sigues insistiendo.

Realmente te has leido el R.D.???
 

Clo

Nuevo miembro
Hola Monsa,
Como te comentan los compañeros estás confundiendo las bonificaciones (=pagas menos seguridad social), con el contrato de fomento de empleo (=despido objetivo improcedente 33 días). Se puede hacer un contrato de fomento de empleo sin tener bonificaciones. Replantea la pregunta.
Saludos,
 

monsa

Nuevo miembro
Muchas gracias Clo, por tu moderada e inteligente aportacion.
en realidad me he liado como tú bien dices, gracias de nuevo y disculpad.
 
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