contrato interinidad desempleado

Alfonso

Nuevo miembro
Si una empresa contrata a un desempleado para sustituir a una trabajadora que tiene suspendido el contrato por maternidad tendra una bonificacion en las cuotas de s.s. del 100%. Pero, si ese trabajador sustituye a otro que a su vez realiza las funciones de la trabajadora con el contrato suspendido, tendrá tambien el 100% de bonificacion?

Un saludo
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Entiendo que sí.
Cabe la sustitución indirecta.
Mientras la sustituída este de baja por maternidad y la persona contratada (aunque sea para sustituir a  su vez al sustituto interno que haya asumido las funciones de la empleada de maternidad) esté incrita como demandante de empleo aplicará esa doble bonificación (100% de la cuta empresarial tanto de la sustituida como del interino.
Lo importante es que quede claro el nexo, aunque indirecto, en el contrato

Saludos
 
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