CONTRATO INTERINIDAD IT

Pau

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Hola;
trabajador con contrato interinidad para sustituir a trabajador de baja por AT. Al sustituido le dan de alta por AT con informe de la mutua de que el trabajador sigue con otras patologías pero que ya no son causa del accidente y que es necesario que lo siga valorando médico de cabecera. entre la fecha de alta de la mutua y la fecha de nueva baja que le expide el médico de cabecera hay un día que el trabajador tampoco se presenta a trabajar(es decir alta muta día 15,nueva baja médico cabecera día 17).
¿El contrato de interinidad del sustituto hay que cerrarlo obligatoriamente y hacer uno nuevo? ¿Se podría mantener el contrato que se hizo por la primera baja? En la temporalidad se especifica "hasta la reincorporación del trabajador sustituido"....El trabajador no se reincorporó en ningún momento....
Muchas gracias
 

ferrarito

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Cuando hagas un contrato de interinidad, pon muy claro cual es la causa de la interinidad.
Yo suelo poner:  Sustituir al trabajador "x" que se encuentra de baja por accidente laboral (O por enfermedad común, lo que sea en ese momento)

Y respondiendo a tu pregunta, yo haría otro contrato de trabajo.
 

Pau

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Muchas gracias, el trabajador sustituido está identificado en el contrato interino.
Yo también haría un nuevo contrato, pero ¿sería correcto seguir con el mismo?

 

ferrarito

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Es lo que te he dicho. Si en el contrato has puesto que sustituyes al trabajador por baja de IT, como la IT ha acabado, no puedes seguir con ese contrato, y tendrá que hacer finiquito, y si quieres un nuevo contrato.

Pero si lo que has puesto es "esta su incorporación..........", y aquí viene la polémica, tu no puedes sustituir a un trabajador que no ha ido a trabajar un día, al menos es lo que yo entiendo.
Rizando el rizo, sustituyes al trabajador porque esta de baja de IT, le sustituye porque lo dan el alta, y el trabajador no se incorpora a su puesto de trabajo, y le sustituye, porque ahora pasa a la seguridad social.
Y rizando mas el rizo, supongamos que ese trabajador al final le dan una incapacidad permanente total. Que harías? Seguirías con el contrato de interinidad de ese trabajador? Porque si no se incorpora, seguirías verdad?

Así que lo que yo haría sería, hacer finiquito al trabajador, y si vuelves a contratarle, poner muy clarito la causa de la interinidad.

 
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