styuvesant
Miembro
Buenas tardes
En las especificaciones del SEPE sobre el contrato bonificado de interinidad dice:
Contratos interinidad que se celebren con personas
desempleadas para sustituir a trabajadores durante los
períodos de descanso por maternidad, adopción,
acogimiento, paternidad o riesgo durante el embarazo o
la lactancia
Si es por maternidad y depues lactancia, se puede hacer un solo contrato? vamos, que no es necesario hacer un segundo solo por los dias de lactancia..
Muchas gracias
En las especificaciones del SEPE sobre el contrato bonificado de interinidad dice:
Contratos interinidad que se celebren con personas
desempleadas para sustituir a trabajadores durante los
períodos de descanso por maternidad, adopción,
acogimiento, paternidad o riesgo durante el embarazo o
la lactancia
Si es por maternidad y depues lactancia, se puede hacer un solo contrato? vamos, que no es necesario hacer un segundo solo por los dias de lactancia..
Muchas gracias