Buenos días.
Hasta ahora al hacer un contrato de interinidad por una IT, si querías contratar antes al trabajador para enseñarle, primero tenias que hacer contrato eventual y luego de sustitución. Con la nueva normativa puedes contratarlo hasta 15 días antes de la IT para formarlo en el mismo contrato de sustitución. Pero en el régimen transitorio hasta el 30/03, cual de las dos opciones seria la correcta?Gracias
Hasta ahora al hacer un contrato de interinidad por una IT, si querías contratar antes al trabajador para enseñarle, primero tenias que hacer contrato eventual y luego de sustitución. Con la nueva normativa puedes contratarlo hasta 15 días antes de la IT para formarlo en el mismo contrato de sustitución. Pero en el régimen transitorio hasta el 30/03, cual de las dos opciones seria la correcta?Gracias