Como dices, estamos hablando del supuesto de un contrato de duración determinada en la situación de jubilación parcial, código 540.
El referido contrato de jubilación parcial es una modalidad atípica, discutible en cuanto a que la forma correcta hubiera sido una reducción de jornada en base al contrato vigente del jubilado parcial. En tal sentido recomiendo esta lectura a partir de su p. 135
http://cort.as/25yK
Y según sentencia del TS de 28 de septiembre de 2011, que recoge el recurso contra STSJ de Asturias de 2 de diciembre de 2010, en su Fundamento de Derecho Segundo indica que "no cabe, en modo alguno, admitir que la jubilación parcial extinga el precedente contrato laboral mantenido entre empresa y trabajador y, por ende, este último, al acceder a la misma y concertar el correspondiente contrato a tiempo parcial, lo hace en idénticas condiciones de fijeza o indefinida en que venía prestando servicios a la empresa."
Sigue en su Fundamento de Derecho Tercero indicando que...
"Aclarada ya la naturaleza no extintiva y sí, simplemente, modificativa de la relación laboral preexistente que alcanza a la jubilación y consiguiente contratación parciales es el momento de analizar la cláusula cuestionada.
Los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo, que son los que solicitan la jubilación parcial y simultanean tal situación con un contrato temporal a tiempo parcial, interesan se reconozca su derecho a percibir la indemnización establecida en estos contratos de trabajo de ocho días de salario por año de servicio para cuando se jubilen de forma total. Teniendo en cuenta que la relación laboral entre las partes continúa siendo indefinida, como acertadamente señala la sentencia recurrida, la cláusula de temporalidad ha de tenerse por no puesta, y todas las cláusulas vinculadas a tal temporalidad han de correr igual suerte. Así, siendo que la indemnización interesada va unida necesariamente a la temporalidad del contrato, y que el contrato a tiempo parcial no se extingue por ninguna de las causas que da lugar a la indemnización, la demanda obviamente solo podía ser desestimada."
Espero que te sirva.