contrato para la obtencion de la práctica profesional

Buenos días, quería consultaros por favor, a ver si me echáis una mano. Queríamos contratar a un chico mediante un contrato de formación para la obtención de la práctica profesional (vamos, el contrato en prácticas de toda la vida).
Cuando termine el curso, que va a ser ahora enseguida. El titulo que obtendrá, es el que nos aporto en pdf.
¿creéis que se le puede hacer dicho contrato?, como pone que el titulo es formación profesional básica, yo creo que no se puede, pero no estoy segura. Por favor, a ver si me podéis echar un cable. Gracias
 

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  • profesional basico en mantenimiento de viviendas.pdf
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fundación

Miembro conocido
Entiendo que solo si puede obtener el certificado de profesionalidad en base a esa formación profesional básica.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Los títulos de FP de grado básico no habilitan para un "contrato en practicas"
Además, las unidades de competencia de esa formación no se corresponden con ningún Certificado profesional, por lo que tampoco serviría "por similitud o analogía".
Es más, se supone que en esa formación ya están incluidas 240 horas curriculares de formación en centros de trabajo (6 semanas a jornada completa), que en principio parecen suficientes como para adquirir la practica para ser "ayudante de...."

Lo que sí os podéis plantear, si aun no está titulado, es que esas 240 horas de prácticas curriculares las realizara con vosotros, mediante convenio con el centro de formación.
 
Los títulos de FP de grado básico no habilitan para un "contrato en practicas"
Además, las unidades de competencia de esa formación no se corresponden con ningún Certificado profesional, por lo que tampoco serviría "por similitud o analogía".
Es más, se supone que en esa formación ya están incluidas 240 horas curriculares de formación en centros de trabajo (6 semanas a jornada completa), que en principio parecen suficientes como para adquirir la practica para ser "ayudante de...."

Lo que sí os podéis plantear, si aun no está titulado, es que esas 240 horas de prácticas curriculares las realizara con vosotros, mediante convenio con el centro de formación.
Buenas tardes. Al chico lo tenemos actualmente en las prácticas curriculares y como nos gusta por eso queríamos hacerle el contrato, si es posible en prácticas.

En el pdf que he adjuntado anteriormente esta mañana, en el punto 2.2. relación cualificaciones y unidades de competencias, hace referencia a la cualificación profesional completa IMA367_1, incluida en el título, que mirando en los certificados de profesionalidad, parece que se corresponde con el certificado de nivel 1 - IMAI0108. (adjunto pdf)
Entonces no sé, si solo por el hecho de tener el titulo de profesional básico en mantenimiento de viviendas, ya queda incluido ese certificado de profesionalidad, y con ese título de prof. básico ya le vale para hacer el contrato en prácticas. (o tiene que pedir a parte que se le expida el certificado profes nivel 1). Estoy hecha un lío la verdad. Seguramente estoy mezclando peras con manzanas.
Independientemente de todo esto, el chico es menor de edad, tendrán que firmar los padres el contrato de trabajo.
 

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  • IMAI0108_ficha.pdf
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Cachilipox

Miembro conocido
Tienes razón.

Cosas del buscador del Incual, que decía que esas UC no tenían CP asociado.

Estuve buscando más, y es correcto, esa FP Grado Básico se corresponde en su integridad con el CP IMAI0108, de nivel 1.

Por lo tanto, una vez obtenga su Título FP, deberá solicitar en su organismo autonómico de empleo el correspondiente CP.
Y será el servicio de empleo autonómico el que (tras unas cuantas semanas/meses), le emitirá el correspondiente certificado. Sería el equivalente a la certificación académica.

De manera directa, y tirando de analogía, yo no lo aconsejaría, pues estaríais al albur de la interpretación que el SEPE o IT quisiera darle.
 
Tienes razón.

Cosas del buscador del Incual, que decía que esas UC no tenían CP asociado.

Estuve buscando más, y es correcto, esa FP Grado Básico se corresponde en su integridad con el CP IMAI0108, de nivel 1.

Por lo tanto, una vez obtenga su Título FP, deberá solicitar en su organismo autonómico de empleo el correspondiente CP.
Y será el servicio de empleo autonómico el que (tras unas cuantas semanas/meses), le emitirá el correspondiente certificado. Sería el equivalente a la certificación académica.

De manera directa, y tirando de analogía, yo no lo aconsejaría, pues estaríais al albur de la interpretación que el SEPE o IT quisiera darle.
Gracias, entonces entiendo por lo que me dices que ¿¿hasta que en nuestro caso LANBIDE (que es nuestro organismo autonómico de empleo) no le emita el certificado de profesionalidad, no le puedo hacer el contrato de practicas teniendo ese titulo de FP grado básico asociado "implicitamente" asociado ese Cert de prof??
 

Cachilipox

Miembro conocido
Gracias, entonces entiendo por lo que me dices que ¿¿hasta que en nuestro caso LANBIDE (que es nuestro organismo autonómico de empleo) no le emita el certificado de profesionalidad, no le puedo hacer el contrato de practicas teniendo ese titulo de FP grado básico asociado "implicitamente" asociado ese Cert de prof??
Por prudencia, es lo que pienso.

Es como si quieres contratar en prácticas a un titulado universitario, y no te aporta la Certificación académica (de pago), y solo te exhibe su expediente académico (pdf gratuito).
No hay incumplimiento "material", pero si "formal".

Los CPs solo los pueden emitir LANBIDE, y es el documento-título que habilita para un contrato en prácticas. El titulo FP básico no habilita para ese tipo de contrato.
 
Por prudencia, es lo que pienso.

Es como si quieres contratar en prácticas a un titulado universitario, y no te aporta la Certificación académica (de pago), y solo te exhibe su expediente académico (pdf gratuito).
No hay incumplimiento "material", pero si "formal".

Los CPs solo los pueden emitir LANBIDE, y es el documento-título que habilita para un contrato en prácticas. El titulo FP básico no habilita para ese tipo de contrato.
Entendido, muchísimas gracias de verdad.
 
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