CONTRATO RELEVO Y JUBILACION ANTICIPADA

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

Ya estamos de vuelta de vacaciones y planteando las primeras dudas jejeje, se me plantea la siguiente duda un trabajadora que esta jubilado de forma parcial para lo cual la empresa ha realizado un contrato de relevo,¿puede jubilarse de forma anticipada o tiene que jubilarse en la edad ordinaria?.

Un saludo y gracias
 

Ro

Miembro activo
Ya está jubilada parcialmente por lo tanto debería esperar a la edad ordinaria para jubliarse al 100% pues está cobrando la pensión en función de la jubilación ordinaria no de la anticipada. Yo no me arriesgaría en temas de jubilación.
 

Aslasa

Miembro
Toda razón ro, son temas delicados que las consecuencias pueden ser gravísimas... Mira si puede jubilarse anticipadamente con la de los 64 que venía en la regulación antigua.
 

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

En estos momentos tiene 60 años y 34 años de cotización, haciendo la simulación en la página de la seguridad social me calculan que se puede jubilar a los 63 años con los porcentajes de reducción correspondientes.

¿Qué seria lo mas conveniente?

Yo le iba a proponer jubilación parcial hasta la edad ordinaria, pero si él me dice que se quiere jubilar de forma anticipada que consecuencias puede tener?
 

Aslasa

Miembro
Yo también pensaba que partía de jubilación parcial y quería jubilarse anticipadamente ....
 

Ro

Miembro activo
A la empresa si no se acoge a la legislación anterior por no haberlo solicitado en su día le conviene más la anticipada,  al trabajador le conviene la parcial.
Hasta los 61 no podrá acogerse a la parcial.
 

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

A esa conclusión había llegado yo que se puede acoger a los 61 y  8 meses acoger a la parcial.

Un saludo y gracias por las respuestas
 
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