Buenas tardes,
tengo un cliente que tiene una pequeña empresa de construcción. Hace pequeños trabajos de albañileria y en diciembre va a coger la baja por paternidad pero ahora
ya en noviembre quiere contratar a uno por 4 horas para que se adapte antes de irse el de baja por paternidad.
Mi pregunta es, en la construcción no cabe el contrato circunstancias de la producción verdad?
Tendría que hacerle un contrato fijo por adscrito a obra o un contrato fijo discontinuo ? Qué opináis?
En el caso de contrato fijo por adscrito a obra que código habría que poner en la seguridad social el día que se le de baja en la seguridad social? y en el sepe?
Agradezco vuestra ayuda
tengo un cliente que tiene una pequeña empresa de construcción. Hace pequeños trabajos de albañileria y en diciembre va a coger la baja por paternidad pero ahora
ya en noviembre quiere contratar a uno por 4 horas para que se adapte antes de irse el de baja por paternidad.
Mi pregunta es, en la construcción no cabe el contrato circunstancias de la producción verdad?
Tendría que hacerle un contrato fijo por adscrito a obra o un contrato fijo discontinuo ? Qué opináis?
En el caso de contrato fijo por adscrito a obra que código habría que poner en la seguridad social el día que se le de baja en la seguridad social? y en el sepe?
Agradezco vuestra ayuda