Contrato temporal por fines sociales

JAVIER_R

Miembro activo
Buenas tardes. A ver si podéis orientarme en esta duda.
Empresa sin ánimo de lucro con actividad de ayudas a discapacitados va a recibir una subvención autonómica por la contratación de dos trabajadores.
Por algún sitio he leído que existe un contrato temporal para empresas sin ánimo de lucro y con fines sociales.
Creo entender que estos contratos si podrían hacerse bajo esta modalidad, pero por mucho que miro por Internet no encuentro esta modalidad de contratación e incluso pienso que igual yo he imaginado que existen estos contratos cuando realmente no es así.. podéis orientarme un poco? Gracias
 

toni

Miembro conocido
Echa un vistazo a esto por si te sirve:

Las Administraciones públicas y, en su caso, las entidades sin ánimo de lucro podrán realizar contratos vinculados a programas de políticas activas de empleo previstos en esta ley con las personas participantes en dichos programas. La duración de estos contratos no podrá exceder de doce meses y, en el caso de la contratación realizada por Administraciones públicas, los procesos de selección deberán observar los principios de igualdad, mérito y capacidad.


Excepcionalmente, y con efectos hasta 31 de diciembre de 2024, se podrán realizar estos contratos con el personal técnico necesario para la ejecución de los programas citados en el apartado anterior

Colaboración con órganos de la Administración General del Estado, organismos autónomos y entidades sin ánimo de lucro y corporaciones locales​

Definición del programa

Mejorar la empleabilidad, reciclar profesionalmente y ofrecer nuevas competencias y habilidades a personas desempleadas mediante su contratación temporal para la realización de obras o servicios de interés general y social.

Requisitos de los trabajadores

Personas desempleadas inscritas en las Oficinas de Empleo.

Criterios que se tendrán en cuenta en la selección

  • Mayor adecuación al puesto de trabajo ofertado.

  • Ser persona con discapacidad.

  • Ser perceptores de prestaciones o subsidio de desempleo.

  • Tener responsabilidades familiares.

  • Tiempo de permanencia en desempleo.

  • Condición de mujer y edad, de acuerdo con la Estrategia Europea para el Empleo.

Características del Contrato


Las Administraciones públicas, Organismos del Estado o Entidades sin ánimo de lucro, contratarán a los trabajadores seleccionados por las Oficinas de Empleo mediante contratación temporal, de conformidad con su Normativa específica. Se formalizara por escrito y se comunicara al Servicio Público de Empleo en los diez días siguientes a su concertación.


Los trabajadores desempleados que sean contratados serán retribuidos de acuerdo con lo establecido en el convenio colectivo que sea de aplicación, en razón al tipo de obra o servicio.


Requisitos de la empresa


Serán entidades colaboradoras: Órganos de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Universidades, entidades sin ánimo de lucro y las corporaciones locales etc.


Incentivos


El Servicio Público de Empleo destinará créditos con cargo a sus presupuestos anuales para subvencionar los costes salariales y cotización empresarial de trabajadores desempleados, contratados por las Corporaciones locales y otras Administraciones públicas, cuando dichas contrataciones tengan por objeto la ejecución de proyectos de interés general y social.


 
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