Buenas noches,
Por confirmar el tema, con el redactado actual del art. 12 del ET entiendo que todos los contratos a tiempor parcial, temporales o indefinidos, permiten la realización de horas extras. Por el contrariolas complementarias sólo los indefinidos ¿no me equivoco, verdad?
Saludos
Por confirmar el tema, con el redactado actual del art. 12 del ET entiendo que todos los contratos a tiempor parcial, temporales o indefinidos, permiten la realización de horas extras. Por el contrariolas complementarias sólo los indefinidos ¿no me equivoco, verdad?
Saludos