CONTRATO TRABAJADORA PARA SUSTITUIR MATERNIDAD DE LA PERSONA AUTÓNOMA

lufita

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Para poder beneficiarse de la bonificación de los 366€/mes en los seguros sociales, el contrato de sustitución de la persona autónoma por maternidad, debe ser de algún porcentaje concreto? Es que he estado leyendo que si no puede ser menor del 50%... pero que en caso de que sea del 50%, la bonificación de la cuota de autónomo también es de ese porcentaje? Es que creo que ahí ya se están mezclando conceptos y me estoy haciendo un lío...
 

LABOR

Miembro activo
Yo tengo un tema igual y abrí un casi@ y me remitieron al SEPE.
Hice una consulta al SEPE acerca de la posibilidad de hacer una contrato a tiempo parcial y la respuesta fue:
No, no puede ser a tiempo parcial, el contrato de sustitución por maternidad bonificado, ha de tener la misma jornada que la de la persona sustituida, si es menor jornada no se bonifica.
 

lufita

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Yo tengo un tema igual y abrí un casi@ y me remitieron al SEPE.
Hice una consulta al SEPE acerca de la posibilidad de hacer una contrato a tiempo parcial y la respuesta fue:
No, no puede ser a tiempo parcial, el contrato de sustitución por maternidad bonificado, ha de tener la misma jornada que la de la persona sustituida, si es menor jornada no se bonifica.
Claro, en caso de que se sustituya un trabajador, entiendo que debe ser un contrato por la misma jornada (al menos) de la persona que sustituye, pero en el caso de un autónomo que no tiene horario fijo? Yo seguí investigando y llegué a la conclusión que mínimo tenía que ser del 50% de una jornada completa y que el importe bonificado sería arreglo a este porcentaje, es decir, si el contrato es a media jornada, únicamente se bonificarían 183€/mes...
 

LABOR

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Claro, en caso de que se sustituya un trabajador, entiendo que debe ser un contrato por la misma jornada (al menos) de la persona que sustituye, pero en el caso de un autónomo que no tiene horario fijo? Yo seguí investigando y llegué a la conclusión que mínimo tenía que ser del 50% de una jornada completa y que el importe bonificado sería arreglo a este porcentaje, es decir, si el contrato es a media jornada, únicamente se bonificarían 183€/mes...
pues como has visto, el SEPE no opina lo mismo.....
 

lufita

Nuevo miembro
Exacto ya he visto que los de CASIA tampoco se pillan mucho los dedos pero he hecho la consulta en el SEPE y me han contestado lo que se comenta en este hilo: solo es bonificable un contrato de sustitución del autónomo al 100% y si la persona es menor de treinta años y está desempleada, que tenía la duda porque en otras ocasiones, si la persona estaba apuntada como "mejora del empleo" servía (es decir, tengo un contrato de 2h/semana y me apunto en el paro como "mejora del empleo"), ahora exigen que esté DESEMPLEADA.
En fin... muchas gracias a todos!!
 
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