Salvador de Algeciras
Miembro
Yo no termino de creerlo¡¡¡¡
ACADEMIA DE FORMACION DIXIT¡¡
Aclaraciones sobre los Contratos para la Formación y el Aprendizaje
Estimados/as colaboradores/as:
En esta ocasión contactamos con ustedes para aclarar dos temas que, en materia de Contratos para la Formación y el Aprendizaje, planteaban dudas interpretativas, y que para no ocasionar perjuicios a nuestros clientes, han llevado a mantener sobre ambas cuestiones una tesis restrictiva.
A partir de ahora, le informamos sobre las últimas noticias de que disponemos:
1. Número máximo de contratos a celebrar en función de la plantilla:
Recientemente se ha obtenido respuesta por parte de la Subdirección General de Ordenación Normativa (SGON), órgano dependiente de la Dirección General de Trabajo, que en la redacción del art. 11.2 del Estatuto de los Trabajadores queda suprimida la limitación del número máximo de contratos a realizar por las empresas en función del tamaño de la plantilla, de tal manera que las empresas, a partir del 31 de agosto de 2011, pueden celebrar cuantos contratos para la formación y el aprendizaje estimen oportunos, salvo que por convenio colectivo se establezca algún límite. Obtenga en este enlace el informe completo.
Tras mantener conversaciones telefónicas con el personal responsable del Área de Formación de la Dirección General del SPEE, se nos ha informado que han recibido instrucciones en el mismo sentido manifestado en el informe.
ACADEMIA DE FORMACION DIXIT¡¡
Aclaraciones sobre los Contratos para la Formación y el Aprendizaje
Estimados/as colaboradores/as:
En esta ocasión contactamos con ustedes para aclarar dos temas que, en materia de Contratos para la Formación y el Aprendizaje, planteaban dudas interpretativas, y que para no ocasionar perjuicios a nuestros clientes, han llevado a mantener sobre ambas cuestiones una tesis restrictiva.
A partir de ahora, le informamos sobre las últimas noticias de que disponemos:
1. Número máximo de contratos a celebrar en función de la plantilla:
Recientemente se ha obtenido respuesta por parte de la Subdirección General de Ordenación Normativa (SGON), órgano dependiente de la Dirección General de Trabajo, que en la redacción del art. 11.2 del Estatuto de los Trabajadores queda suprimida la limitación del número máximo de contratos a realizar por las empresas en función del tamaño de la plantilla, de tal manera que las empresas, a partir del 31 de agosto de 2011, pueden celebrar cuantos contratos para la formación y el aprendizaje estimen oportunos, salvo que por convenio colectivo se establezca algún límite. Obtenga en este enlace el informe completo.
Tras mantener conversaciones telefónicas con el personal responsable del Área de Formación de la Dirección General del SPEE, se nos ha informado que han recibido instrucciones en el mismo sentido manifestado en el informe.