Buenos dias,
Tengo una duda, un trabajador menor de 30 ha sido contratado con el contrato de fomento de emprendedores acogidos al Programa de Fomento del Empleo e incentivos a la contratación y el trabajador pensaba que estaba inscrito como demandante de empleo pero no lo estaba y ahora nos dicen que no tiene derecho a bonificacion por no estar como demandante de empleo, ahora la pregunta es:
¿Se puede modificar el contrato indefinido que tiene ahora y pasar a uno temporal y una vez esté con contrato temporal transformarlo a indefinido nuevamente para poder bonificarse ? El trabajador ya esta ahora como demandante de empleo (lo hemos comprobado con sus periodos de inscripcion).
Lo comento por que he leido esto en la Ley 3/2012 que nos remite a la ley 46/2006:
Artículo 6 Exclusiones
1. Las bonificaciones previstas en este Programa no se aplicarán en los siguientes supuestos:
Contrataciones realizadas con trabajadores que en los veinticuatro meses anteriores a la fecha de la contratación hubiesen prestado servicios en la misma empresa, grupo de empresas o entidad mediante un contrato por tiempo indefinido, o en los últimos seis meses mediante un contrato de duración determinada o temporal o mediante un contrato formativo, de relevo o de sustitución por jubilación.
No se aplicará lo establecido en el párrafo anterior en los supuestos de transformación de los contratos, en que se estará a lo previsto en los artículos 2.6, 3 y 4.2.
Lo dispuesto en este apartado será también de aplicación en el supuesto de vinculación laboral anterior del trabajador con empresas a las que el solicitante de los beneficios haya sucedido en virtud de lo establecido en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.
Gracias!!
Un saludo.
Tengo una duda, un trabajador menor de 30 ha sido contratado con el contrato de fomento de emprendedores acogidos al Programa de Fomento del Empleo e incentivos a la contratación y el trabajador pensaba que estaba inscrito como demandante de empleo pero no lo estaba y ahora nos dicen que no tiene derecho a bonificacion por no estar como demandante de empleo, ahora la pregunta es:
¿Se puede modificar el contrato indefinido que tiene ahora y pasar a uno temporal y una vez esté con contrato temporal transformarlo a indefinido nuevamente para poder bonificarse ? El trabajador ya esta ahora como demandante de empleo (lo hemos comprobado con sus periodos de inscripcion).
Lo comento por que he leido esto en la Ley 3/2012 que nos remite a la ley 46/2006:
Artículo 6 Exclusiones
1. Las bonificaciones previstas en este Programa no se aplicarán en los siguientes supuestos:
Contrataciones realizadas con trabajadores que en los veinticuatro meses anteriores a la fecha de la contratación hubiesen prestado servicios en la misma empresa, grupo de empresas o entidad mediante un contrato por tiempo indefinido, o en los últimos seis meses mediante un contrato de duración determinada o temporal o mediante un contrato formativo, de relevo o de sustitución por jubilación.
No se aplicará lo establecido en el párrafo anterior en los supuestos de transformación de los contratos, en que se estará a lo previsto en los artículos 2.6, 3 y 4.2.
Lo dispuesto en este apartado será también de aplicación en el supuesto de vinculación laboral anterior del trabajador con empresas a las que el solicitante de los beneficios haya sucedido en virtud de lo establecido en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.
Gracias!!
Un saludo.