A lo de régimen "especial" me refería a que lo es para mi, porque desconozco el funcionamiento.
El tema es el siguiente, a ver si así me explico mejor. Son dos socios de un SL , uno de ellos le vende sus participaciones al otro, a cambio de que siga cotizando durante 8 años, así que a la empresa se le ha ocurrido, como seguirá haciendo de comercial, darlo de alta con un contrato mercantil, porque por Régimen General les sale más caro y porque tiene miedo que, dentro de esos 8 años cuando quieran darlo de baja, les venga con un reclamación por despido exigiendo la correspondiente indemnización.
No sé, son de esos casos atípicos que le dejan a una a cuadros....