CONTRATOS POR CIRCUNSTANCIAS PREVISIBLES

MonMont

Nuevo miembro
Buenas tardes,
Tengo una duda para los contratos temporales de cara a Navidad, circunstancias de la producción por causas previsibles.
La reforma limita los contratos temporales a 90 días al año máximo no consecutivos. Lo que no me queda claro es si dentro de ese período establecido con antelación, podemos contratar personal con diferentes fechas de inicio y fin.
Pongamos un ejemplo que establecemos la temporalidad del 15 de Noviembre al 7 de Enero (consumiendo 45 días del 2023 y 7 días del 2024).
Dentro del período, sin excedernos en la fecha de inicio ni en la de fin, ¿Podemos contratar personal en fechas distintas?
Como por ejemplo, unos contratos del 1 al 31 de Diciembre, otros del 15 de Diciembre al 7 de Enero...
Muchas gracias de antemano
 

Cachilipox

Miembro conocido
Sí, eso se puede hacer.
Lo de los 90 días correlativos es un tope legal a la duración de un contrato con un trabajador concreto.
En paralelo simultaneo, pero es ya cosa diferente, la empresa puede utilizar esta modalidad de contratación hasta 90 días en un año, con 1 o muchos trabajadores de forma simultanea.
Estos 90 días de posibilidad de uso de este tipo de contrato pueden ser continuados (continuados para la empresa, pero no con un mismo y único trabajador).
 

MonMont

Nuevo miembro
Sí, eso se puede hacer.
Lo de los 90 días correlativos es un tope legal a la duración de un contrato con un trabajador concreto.
En paralelo simultaneo, pero es ya cosa diferente, la empresa puede utilizar esta modalidad de contratación hasta 90 días en un año, con 1 o muchos trabajadores de forma simultanea.
Estos 90 días de posibilidad de uso de este tipo de contrato pueden ser continuados (continuados para la empresa, pero no con un mismo y único trabajador).
Muchas gracias!!
 
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