Buenas tardes,
Tengo una duda para los contratos temporales de cara a Navidad, circunstancias de la producción por causas previsibles.
La reforma limita los contratos temporales a 90 días al año máximo no consecutivos. Lo que no me queda claro es si dentro de ese período establecido con antelación, podemos contratar personal con diferentes fechas de inicio y fin.
Pongamos un ejemplo que establecemos la temporalidad del 15 de Noviembre al 7 de Enero (consumiendo 45 días del 2023 y 7 días del 2024).
Dentro del período, sin excedernos en la fecha de inicio ni en la de fin, ¿Podemos contratar personal en fechas distintas?
Como por ejemplo, unos contratos del 1 al 31 de Diciembre, otros del 15 de Diciembre al 7 de Enero...
Muchas gracias de antemano
Tengo una duda para los contratos temporales de cara a Navidad, circunstancias de la producción por causas previsibles.
La reforma limita los contratos temporales a 90 días al año máximo no consecutivos. Lo que no me queda claro es si dentro de ese período establecido con antelación, podemos contratar personal con diferentes fechas de inicio y fin.
Pongamos un ejemplo que establecemos la temporalidad del 15 de Noviembre al 7 de Enero (consumiendo 45 días del 2023 y 7 días del 2024).
Dentro del período, sin excedernos en la fecha de inicio ni en la de fin, ¿Podemos contratar personal en fechas distintas?
Como por ejemplo, unos contratos del 1 al 31 de Diciembre, otros del 15 de Diciembre al 7 de Enero...
Muchas gracias de antemano