Buenos días,
un trabajador con un contrato temporal que fue suspendido por ERTE de fuerza mayor. Se suspende el contrato y cuando se recupera al trabajador del ERTE hay que añadir los días que el contrato ha estado suspendido a la duración del contrato. Mi duda es la siguiente: ¿si el trabajador se reincorpora parcialmente (con reducción de jornada) también comienza a computarse de nuevo el contrato temporal?
Ejemplo: trabajador con contrato temporal que finalizaba el 30 de marzo. Se suspende su contrato el 14 de marzo por ERTE de fuerza mayor. Le quedaban 18 días de contrato. El 1 de julio se recupera a ese trabajador a un 50% de jornada. Por lo tanto ¿el contrato finalizaría el 18 de julio aunque el trabajador siga en ERTE con reducción de jornada? ¿o hay que esperar a que el trabajador esté completamente reincorporado del ERTE con la jornada completa que hacía antes del ERTE para empezar a contar los 18 días?
un trabajador con un contrato temporal que fue suspendido por ERTE de fuerza mayor. Se suspende el contrato y cuando se recupera al trabajador del ERTE hay que añadir los días que el contrato ha estado suspendido a la duración del contrato. Mi duda es la siguiente: ¿si el trabajador se reincorpora parcialmente (con reducción de jornada) también comienza a computarse de nuevo el contrato temporal?
Ejemplo: trabajador con contrato temporal que finalizaba el 30 de marzo. Se suspende su contrato el 14 de marzo por ERTE de fuerza mayor. Le quedaban 18 días de contrato. El 1 de julio se recupera a ese trabajador a un 50% de jornada. Por lo tanto ¿el contrato finalizaría el 18 de julio aunque el trabajador siga en ERTE con reducción de jornada? ¿o hay que esperar a que el trabajador esté completamente reincorporado del ERTE con la jornada completa que hacía antes del ERTE para empezar a contar los 18 días?