Hola,
¿alguien que lleve convenio de ambulancias o similar? no entiendo muy bien el asunto del tiempo de presencia y tiempo de trabajo efectivo.
El convenio de Aragón dice:
jornada ordinaria de 40 horas semanales y en cómputo anula 1792. Se computarán como 160 horas cuatrisemanales de trabajo efectivo más 80 horas de presencia en el mismo periodo.
-Tiempo de trabajo efectivo: aquel en el que el trabajador realiza las funciones propias de la conducción del vehículo...
-Tiempo de presencia: el trabajador se encuentra a disposición del empresario sin prestar trabajo efectivo.
La jornada máxima diaria no puede superar 9 horas de trabajo efectivo.
Por un lado lo de 160 horas + 80 me despista, porque salen al año muchas más horas que 1792
Por otro lado, jornada máxima de 9 horas de trabajo efectivo: si tengo a un conductor de ambulancia, por ejemplo en un evento de 9 de la mañana a 9 de la noche, 12 horas por si acaso ocurre algo, pero al final no ha sido necesario traslado en ambulancia. ¿Se consideran 12 horas de trabajo (9+3 horas extras) o como no ha habido desplazamiento no se considera trabajo efectivo?
Gracias
¿alguien que lleve convenio de ambulancias o similar? no entiendo muy bien el asunto del tiempo de presencia y tiempo de trabajo efectivo.
El convenio de Aragón dice:
jornada ordinaria de 40 horas semanales y en cómputo anula 1792. Se computarán como 160 horas cuatrisemanales de trabajo efectivo más 80 horas de presencia en el mismo periodo.
-Tiempo de trabajo efectivo: aquel en el que el trabajador realiza las funciones propias de la conducción del vehículo...
-Tiempo de presencia: el trabajador se encuentra a disposición del empresario sin prestar trabajo efectivo.
La jornada máxima diaria no puede superar 9 horas de trabajo efectivo.
Por un lado lo de 160 horas + 80 me despista, porque salen al año muchas más horas que 1792
Por otro lado, jornada máxima de 9 horas de trabajo efectivo: si tengo a un conductor de ambulancia, por ejemplo en un evento de 9 de la mañana a 9 de la noche, 12 horas por si acaso ocurre algo, pero al final no ha sido necesario traslado en ambulancia. ¿Se consideran 12 horas de trabajo (9+3 horas extras) o como no ha habido desplazamiento no se considera trabajo efectivo?
Gracias