Convenio aplicable

depaula

Nuevo miembro
Empresa constructora que posee una finca en terreno rural. Contrata a un señor para el cuidado y mantenimiento de la finca, en principio es cierto que nada tiene que ver con su actividad aunque el trabajador realiza labores de albañileria en ella en ciertos momentos del contrato, realizar una caseta de obra, un muro y tal........
Siguiendo el criterio de especificidad,  imagino, las nominas del trabajador no se rigen por convenio si no por SMI, que opinión os merece?
 

Ignatius

Miembro activo
Los convenios del campo provinciales suelen recoger el puesto de "casero" y "guarda". Por tanto, antes que hacer la nómina con el SMI, me ajustaría a este convenio del campo
 

fundación

Miembro conocido
Entiendo como Mr. White. Si empezamos con "empresa constructora".... y no tiene más actividades, es decir CCC distintos ...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Depende. Todo depende. A ver: en prime lugar, la finca que tiene la empresa en el campo ¿qué motivación tiene?, ¿se debe a una actividad diferente a la principal?: Por poner ejemplo, algo muy típico de la burguesía de aquí: tengo una empresa princial de, por poner ejemplo, construcción. Pero, como hobby, me monto una viña para hacer buenos caldos. si es así, el convenio a aplicar sería, el agropecuario (depende de la CCAA de que se trate).

Ahora bien, si la finca no tiene motivación productiva alguna, entonces, yo aplicaría también construcción.
 

depaula

Nuevo miembro
Si me da la impresión de que la finca es como la que describe Fernando, por otro lado que se dedica a la construcción lo he visto a través de un informe comercial tipo einforma el cnae que tiene informado, el trabajador no sabe a que se dedica la empresa, solo que en las nominas aparece la empresa.
En fin me parece que voy a ir al bulto como los malos defensas.
 
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