Si, el convenio es pastelerías de Bizkaia, el problema que tengo es que los convenios en el ámbito funcional dicen
Panaderías:se aplicará a todos los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario y a todas las Empresas dedicadas a la elaboración o venta de pan, que estén establecidas o que se establezcan en la provincia de Bizkaia.
El convenio comercio de alimentación: El presente Convenio Colectivo Provincial afecta a todas las empresas y trabajadores dedicados a comercio de alimentación, tanto mayoristas como minoristas, así como a las empresas de Merchandisin, y sus trabajadores, entendiendo por tales aquellas que tengan como actividad la promoción, y la exhibición, demostración, degustación y reposición de productos en empresas dedicadas total o parcialmente a la distribución de productos de alimentación.
Convenio de pastelerías:Las normas mínimas del presente Convenio Colectivo Provincial obligarán a la totalidad de las empresas y trabajadores dedicados a la elaboración y venta de artículos de Pastelería y Confitería Artesana, así como dependencia mercantil y personal administrativo.
Los convenios de ámbito inferior deberán respetar en todo caso, los mínimos establecidos en este artículo, sin perjuicio de lo dispuesto en el E.T.
Al vender no solo pan y bollos sino otro tipo de alimentos,tambien venden vino, leche y algún otro producto, aunque el 85 por ciento de lo que venden es pan, creo que debería aplicar comercio de alimentación, pero no estoy segura.
¿que convenio creeis que debería aplicar en este caso?
Gracias!!