CONVENIO COLECTIVO LUDOTECA

lufita

Nuevo miembro
Buenos días. Tenemos el caso de una ludoteca que está dada de alta en el IAE de Jardines de recreo y cuyo centro de trabajo está adscrito al convenio colectivo de animación y ocio sociocultural. Ahora nos ha entrado otro cliente que también es una ludoteca, está dada de alta en el mismo IAE pero cuyo centro de trabajo está adscrito al convenio colectivo de centros de asistencia y educación infantil. Leyendo ambos convenios y concretamente, atendiendo a los grupos y categorías profesionales, para el caso de las ludotecas encuentro más adecuado el del segundo cliente... pues el de ocio sociocultural lo veo más enfocado a monitores de campamentos, comedores, etcétera... Cuál diríais que es el más correcto? Pues aunque ninguno de los dos sean guarderías/centros infantiles como tal, su actividad si que guarda mayor relación con un centro educativo que con el ocio sociocultural, bajo mi punto de vista, vaya.
Qué pensáis vosotros?
 

Nessa

Miembro conocido
YO tuve de cliente a la típica "ludoteca" (centro donde los niños celebraban sus cumpleaños, colonias de verano, se quedaban a jugar después del cole horas o días sueltos...) y recuerdo que estaban en el de animación y ocio sociocultural. Pero también te digo que igual hace 10 años... No sé si entonces existían los dos.
 
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