TENGO UNA EMPRESA DE HOSTELERIA DE MADRID QUE TIENE CONTRATADO UN SEGURO DE GRUPO PARA CUBRIR LAS INDEMNIZACIONES QUE PREVEIA EL ART. 39 DEL ANTIGUO CONVENIO, ESTA POLIZA SE CONTRATÓ EN OCTUBRE DE 2004.
¿TENDRIA QUE ABONAR LA PAGA QUE ESTABLECE EL ART. 34 DEL VIGENTE CONVENIO?
UN SALUDO
¿TENDRIA QUE ABONAR LA PAGA QUE ESTABLECE EL ART. 34 DEL VIGENTE CONVENIO?
UN SALUDO