conyuge cuenta ajena

depaula

Nuevo miembro
Un cliente me está volviendo loco, no para de comentarme que desde el año 2017 a través de una disposición transitoria, el cónyuge puede contratar a su pareja, aun conviviendo con él, por cuenta ajena, no es necesario el requisito de ajeneidad, me comenta.
Yo no tengo noticias de eso, probablemente no sea verdad, ¿tenéis noticias de algo al respecto?
 

Cachilipox

Miembro conocido
Ley 6/2017, de 24 de octubre (BOE del 25 de octubre). D.A. séptima.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-12207
 

AFG

Miembro
En teoría es posible y así viene regulado en la Ley del Autónomo, pero en la práctica la S.Social dice que si hay" convivencia" no lo admite.
Yo les pregunté que tipo de matrimonio es el que "no hay convivencia" y el funcionario no me supo contestar. Pero me dijo que si había convivencia no se podía hacer.
 
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